Diario El
País, 21/3/2013.
Malas perspectivas para 2013. La
crisis no cede y las comunidades de vecinos la acusan por la subida de los
gastos a pagar en la primera y en la segunda vivienda. Los ayuntamientos y las
empresas de suministros aumentan las facturas de los gastos.
Y los impagos arrecian. Según una
encuesta realizada entre más de 800 administradores de fincas que administran
43.000 comunidades en toda España, las deudas alcanzaron los 1.551 millones de
euros en 2012. Y este año pueden llegar a los 1.900 millones de euros.
Estos datos se han puesto de
manifiesto en la presentación del II Informe nacional sobre la morosidad en las
comunidades de vecinos, del Observatorio de las Comunidades de Propietarios,
del grupo editorial Francis Lefebvre. Esta plataforma analiza y realiza
propuestas como la formulada por Salvador Díez, presidente del Consejo General
de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAF), que, ante la morosidad de las
entidades financieras, solicita reformas legales. Destacan dos. La primera, que
la comunidad pueda solicitar que se considere crédito preferente el pago de la
deuda no solo del último año y de la anualidad corriente, como marca la Ley de
Propiedad Horizontal (artículo 9.1. E), sino de hasta cinco años naturales
inmediatamente anteriores, algo necesario por la dilación en los procesos de
ejecución hipotecaria.
Aparte de que la redacción de la
Ley de Propiedad Horizontal ha dado lugar a que algunos nuevos propietarios
esperen a escriturar en el mes de enero, para afrontar el pago de 13 meses
solo, lo que ahora se solicita a los ministros de Justicia y de Fomento, a los
grupos parlamentarios y al Defensor del Pueblo es que el nuevo propietario
responda a lo adeudado durante cinco anualidades.
La segunda de las peticiones
enviadas esta semana es que se modifique la Ley Concursal (artículo 90.1) y se
incorporen como créditos con privilegio especial de cobro las deudas contraídas
por impago de las cuotas para afrontar los gastos generales de la comunidad.
“Las comunidades, ante la banca,
o los promotores que entran en liquidación y dejan deudas impagadas se
enfrentan a un retraso en el cobro de varios años y sufren las quitas
importantes por la Ley Concursal, y durante ese tiempo, la aportación del resto
de los propietarios está sirviendo para que el inmueble esté en condiciones de
tener un aprovechamiento del que se beneficiaran los demás acreedores”. El
Consejo contabiliza que las deudas de las entidades financieras ascendieron a
unos 250 millones, y las de promotores rondaron los 600 millones de euros.
En la presentación del Informe
también se alertó de que la subida de las tasas judiciales “supone una nueva
carga impositiva para reclamaciones a partir de 2.000 euros, lo que hará que la
junta de propietarios renuncie a reclamar deudas que son difícilmente asumibles
por una comunidad de propietarios en la que haya un alto índice de impagados”,
según explicó Manuel Gambin, consejero del Observatorio.
Díez ha solicitado a la Agencia Tributaria que las
comunidades de propietarios sean consideradas como consumidores finales, al no
poseer personalidad jurídica propia, con lo que no les sería de aplicación la
subida de las tasas judiciales. Tal interpretación ya se venía haciendo con la
legislación anterior.
Pero a veces no se logra atajar
la morosidad, no por falta de respaldo legislativo, sino por falta de recursos
económicos de la comunidad o de profesionalidad a la hora de reclamarla:
defectos formales, como notificaciones o certificaciones deficientes y
documentación incompleta.
Disponible en:
No hay comentarios:
Publicar un comentario