miércoles, 31 de octubre de 2018

Paremos los desahucios


Europa aprieta a España por los desahucios


Por Andreu Missé
El Diario.es, 29/10/2018.

La declaración definitiva de la ilegalidad de los procedimientos hipotecarios que han afectado a cientos de miles de familias y ha causado más de medio millón de afectados está cada vez más cerca. El origen de estos procedimientos es la cláusula de vencimiento anticipado, que permite a los bancos exigir el pago de toda la deuda pendiente por el impago de una sola cuota (ahora tres). Este privilegio del banco deja en una situación de absoluta indefensión al deudor que si no puede pagar tres cuotas mucho menos podrá saldar toda la deuda pendiente.

Los derechos de los consumidores en Europa están regulados por la directiva sobre cláusulas abusivas de 1993, materia sobre la que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado ya en 26 ocasiones a petición de jueces españoles al tener dudas sobre si la legislación estatal era compatible con la comunitaria. Las resoluciones del TJUE, que son de obligado cumplimiento, han forzado la modificación de la legislación española en numerosos casos.

Sobre este asunto nuclear de nuestro procedimiento hipotecario el abogado general del TJUE Maciej Szpunar presentó unas importantes conclusiones el pasado septiembre que han tenido una notable repercusión. El jurista polaco contestaba así a las dudas expresadas en varias cuestiones prejudiciales presentadas por el Tribunal Supremo y otros cuatro jueces de Primera Instancia de Fuenlabrada (Madrid), Santander, Alicante y Barcelona.

Las conclusiones del abogado general, cuyos razonamientos suelen ser tenidos muy en cuenta por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) son terminantes. Así, sostiene que el derecho comunitario se opone a las normas procesales españolas que imponen efectuar una ejecución hipotecaria basada en la cláusula de vencimiento anticipada declarada abusiva. El abogado general también rechaza que el juez que ha apreciado el carácter abusivo de una cláusula de vencimiento anticipado pueda mantener la validez parcial de la misma mediante la mera supresión del motivo de vencimiento que la convirtió en injusta. Tampoco permite sustituir la cláusula abusiva por una disposición del derecho nacional.

Como señala la abogada Verónica Dávalos, que ha intervenido en Luxemburgo en la defensa del caso de Fuenlabrada, “las conclusiones de Szpunar son muy contundentes. Sustancialmente dicen que si nos hemos cargado el vencimiento anticipado por abusivo, la ejecución hipotecaria no puede continuar a no ser que lo pida el consumidor”.

El abogado general pone en duda el argumento del Tribunal Supremo que destaca los beneficios de la ejecución hipotecaria frente al proceso ordinario. “Dudo”, afirma Szpunar, “que tales ventajas beneficien a todos los consumidores sin excepción”. Sobre este punto menciona el voto particular a la sentencia del Supremo de diciembre de 2015 emitido por el magistrado Francisco Javier Orduña que señaló: la declaración de abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado que figura en la constitución de la garantía hipotecaria, resulta frontalmente contraria a la citada Directiva 93/13, y se debe proceder a la declaración del sobreseimiento del procedimiento de ejecución instado con base a una cláusula declarada abusiva”. Para este magistrado, “se mire por donde se mire, la continuación del procedimiento de ejecución representa la consecuencia patrimonial más perversa para el consumidor”.

En defensa de la banca

Gracias al escrito de conclusiones de Szpunar,hemos conocido la verdadera razón de la defensa del procedimiento de ejecución hipotecaria por parte del Alto Tribunal español. Sobre este punto, el abogado general precisó: “El Tribunal Supremo ha informado al Tribunal de Justicia de que el sistema bancario español podría sufrir perturbaciones graves y sistémicas si los bancos no pudieran recurrir a la ejecución hipotecaria”.

Resulta lamentable que el Supremo vuelva a tropezar en la misma piedra con similar argumentario al que utilizó para negar los efectos retroactivos de la devolución de los intereses indebidamente pagados por las cláusulas suelo. El Supremo antepone los intereses de la banca a los derechos de los consumidores. En el caso de las cláusulas suelo esgrimió “el riesgo de trastornos graves con trascendencia al orden público económicos” que no merecieron consideración alguna por parte del TJUE. El propio Supremo reconoce que la razón por la que los bancos prefieren el procedimiento de ejecución hipotecaria es porque es más rápido y les libera de tener que provisionar el crédito fallido durante un largo tiempo.

Hay que destacar que la argumentación del abogado General coincide con la doctrina general expresada por el TJUE en todos los casos menos uno, cuyos requisitos no se dan en el caso. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia es que “una cláusula abusiva declarada nula se considera que nunca ha existido y no ha producido efectos”. Szpunar también se apoya en los postulados de la Comisión Europea. En sus observaciones escritas el Ejecutivo Comunitario ha señalado: “en caso de que el juez nacional declare la nulidad de la cláusula del vencimiento anticipado no podría iniciarse el procedimiento de ejecución hipotecaria o, si estuviera ya iniciado no podría proseguir, ya que el pacto entre las partes y la referencia a un vencimiento inscritos en el registro han sido declarado abusivos, y, por tanto, nulos y sin efectos”.

El abogado general aprovecha sus conclusiones para exponer una esclarecedora síntesis del derecho de los consumidores europeos contenido en la Directiva 93 /13 sobre cláusulas abusivas. Así destaca que la mencionada directiva “ha situado la protección del consumidor en el corazón del proceso de integración europea”. Profundizando en esta reflexión, ha recordado que en los primeros años de la construcción europea, la protección de los consumidores era considerada un subproducto del mercado común, pero que a raíz del Tratado de Maastricht, en 1992, adquirió el rango de política comunitaria al consagrar en el derecho primario el carácter específico de la política de protección del consumidor al conferirle carta de naturaleza y autonomía”.

Mejores condiciones de vida

Para Szpunar “desde su origen, el hilo conductor de la política de protección del consumidor ha sido la mejora cualitativa de las condiciones de vida de la Unión”. La política de protección e información de los consumidores había empezado en la cumbre de París en 1972. Así Szpunar señala: “46 años después el objetivo continúa siendo el mismo: proteger los intereses económicos de los consumidores. La protección del consumidor se ha transformado así en uno de los capítulos esenciales del derecho de la Unión, que, con una doble dimensión (tanto económica como social) incide en la vida cotidiana de los consumidores de la Unión”. El abogado general destaca que gracias a la Directiva 93/13, “el grado de protección concedido al consumidor de la Unión resulta bastante elevado y que este disfruta de un acceso más equitativo al crédito general y al crédito hipotecario, en particular, disponiendo de derechos que incumben a los jueces nacionales proteger”.

En materia hipotecaria el Tribunal Supremo también recibió una seria corrección el pasado septiembre por parte de la Comisión Europea en sus observaciones sobre la cuestión prejudicial presentada por el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona con relación al índice IRPH (índice de referencia de préstamos hipotecarios). Este índice no siguió la senda de descenso que registró el Euríbor tras el estallido de la crisis. Para la Comisión Europea esta cláusula puede anularse si cuando se firmó no se cumplieron las obligaciones de transparencia al no explicar los riesgos que implicaba.

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martes, 30 de octubre de 2018

La reputación de la banca, en entredicho


"El proyecto de ley hipotecaria puede abrir las compuertas a miles de desahucios que hoy están paralizados"


Por Diego Larrouy.
El Diario.es, 28/10/2018.

El diputado de Unidos Podemos Rafael Mayoral (Madrid, 1974) es uno de los participantes en la Comisión de Economía del Congreso de los Diputados en el debate y negociación de la reforma de la ley hipotecaria. Esta normativa está llamada a transformar las relaciones de los bancos con los clientes, evitando malas prácticas del pasado y nuevas herramientas de defensa del consumidor.

Al igual que otras normas del sector financiero, procede de una directiva comunitaria que acumula ya más de dos años y medio de retraso, lo que pone a España al borde de una sanción millonaria por parte de Bruselas. Sobre la mesa, decenas de enmiendas sobre el proyecto que presentó en su día el anterior ministro de Economía, Luis de Guindos.

¿En qué punto se encuentra en este momento esta tramitación?

Es cierto que en algunos detalles de esta ley se están mejorando un poco respecto al documento original, pero en las cuestiones centrales sigue siendo el proyecto que planteó Guindos. Desgraciadamente, todavía el texto no supone un cumplimiento de la directiva. Entendemos que hay una transposición a la baja de los derechos de los consumidores. Además, no estamos haciendo los deberes, no estamos cumpliendo con las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Entre otras cosas no se está cumpliendo la reforma de la ley de enjuiciamiento civil en lo que se refiere a algo que ya dejó claro este tribunal y es que en caso de impago no es admisible que primero se ejecute el desahucio y luego se juzguen las reclamaciones que haya hecho el consumidor.

La actual ministra de Economía, Nadia Calviño, ha defendido en repetidas ocasiones que la ley esté aprobada antes de final de año, ¿lo ve factible existiendo estas diferencias?

Les ha entrado mucha prisa a última hora. Nosotros veníamos denunciando desde antes que se presentara el proyecto de Guindos principalmente dos cosas. En primer lugar, que no se había traspuesto en tiempo y forma la directiva referente a la ley hipotecaria. En segundo lugar, preguntamos si había un procedimiento sancionador contra España por el incumplimiento. No hubo respuesta en ninguna y acabamos conociendo  lo del proceso sancionador cuando lo publicó la propia Comisión Europea. Lo que no se ha hecho en tres años ahora se quiere resolver a una velocidad de vértigo, siendo una ley de fondo que regula una materia muy sensible para la sociedad española. Esto es peligroso porque cuando se hacen las cosas muy rápido muchas veces no se termina haciendo muy bien.

¿Cuáles son los puntos que les separan con el Gobierno ahora mismo?

Las cuestiones centrales son muy delicadas. Una de ellas es la cláusula de vencimiento anticipado. El TJUE nos ha advertido en varias ocasiones. El problema es que los bancos han abusado y se han saltado la ley de forma flagrante y sistemática y gobierno tras gobierno no son capaces de asumir que tienen que hacer cumplan con las normas. La Ley incluye ahora una obligación de nueve cuotas y una serie de porcentajes sobre el valor de la hipoteca pero nosotros defendemos que lo que hay que aplicar es el sistema alemán que es un 10% del capital pendiente y que se pueden reclamar cuantías pendientes por otras vías menos drásticas que la ejecución hipotecaria. Por otro lado, con la norma tal como está redactada ahora mismo se podría abrir la compuerta a que se realizaran miles de ejecuciones que fueron paralizadas por el Supremo cuando consultó al TJUE sobre este vencimiento anticipado. Aunque parece que el Gobierno puede tomar alguna medida para paralizar eso. El problema es importante para la banca porque el abuso ha sido grande. El atraco al que se ha sometido a la población española por parte del sistema financiero ha sido brutal.

¿Y cómo puede responder el TJUE si no hay modificaciones en este sentido?

Ahora mismo se compra tiempo para ejecutar nuevas hipotecas, pero el TJUE dirá más pronto o más temprano que esto no se ajusta al derecho comunitario. Hay una verdadera falta de voluntad de cumplimiento por parte de las entidades pero también falta de coraje por parte de los Gobiernos para meterles en cintura. En una vista en el TJUE a la que acudí, el abogado comunitario aseguró que el incumplimiento de la normativa comunitaria en España era sistemático. Se están jugando los intereses del país, una posible sanción de la UE, por proteger a los que han jugado con los derechos de los consumidores porque son demasiado grandes para cumplir la ley. Antes se decía lo de que algunos bancos son demasiado grandes para caer, con la banca española hay que decir que son demasiado grandes para cumplir la ley y se pueden permitir estar por encima de la ley.

En esta tramitación, ¿en qué postura ven al PSOE y a la ministra Calviño?

Pues estamos muy lejos. Comentaba el ejemplo del vencimiento anticipado, pero hay otros. Es el caso también de todo lo que afecta a la limitación de responsabilidad en caso de impago, que nosotros defendemos que debe ser el bien hipotecado y el derecho a la dación en pago. De eso no quieren hablar. De la cuestión de aplicar la protección para evitar los desalojos forzosos sin alternativa habitacional en situación vulnerable, tampoco. No coincidimos en cuanto a que los notarios se conviertan en parapetos de los bancos y que asuma la labor de asesoramiento. Supone que la responsabilidad sea de un funcionario y por ende de la administración publica y no del banco que es el que pone las condiciones. De este modo si el consumidor reclama debe ir a por la administración y no contra la entidad. El problema es que el tronco del texto legal sigue siendo el que presentó De Guindos. Tampoco nos sorprende. Cuando se presentó este proyecto, nosotros registramos un texto alternativo. El PSOE votó entonces el texto de Guindos. Si lo hicieron es porque se encontraban mas cerca de del suyo que del nuestro. Es cierto que están intentando hacer algunas mejoras, pero la cuestión esencial la ley que plantea el PSOE es el texto de Guindos con algún barniz y algún lijado.

Algunas de sus propuestas tienen como base las sentencias del TJUE, que ha enmendado algunas prácticas de la banca como las cláusulas suelo o las hipotecas multidivisa ¿Qué valoración hace del papel de la justicia comunitaria en esta defensa de los derechos de los consumidores hipotecarios?

El problema es el cumplimiento efectivo de esas sentencias. Es cierto que el TJUE dice que lo que se hace en España es ilegal, pero el Estado no cumple las sentencias en materia hipotecaria. La población sigue teniendo niveles altísimos de desprotección. En España se hace como que se cumplen para realmente no cumplir. Esa es la realidad, por eso cae una sentencia detrás de otra. Los bancos van arrastrando los pies y eso es muy duro. Y eso que no se puede decir precisamente que el TJUE sea un nido de radicales, obviamente defienden el mercado. Pero lo que se ha hecho en España es una cosa que en Europa no se entiende.

¿Cómo ha impactado  la sentencia del Supremo sobre el impuesto de actos jurídicos documentados? ¿Se incorporará a la ley?

Para nosotros no había duda. Hemos defendido que todos los gastos de gestión tenían que correr a cuenta del banco. No tenemos duda en este respecto. Otros sí la tienen. Nos interesa conocer los fundamentos jurídicos del Supremo, por eso la próxima reunión será el dia 6 de noviembre [El día 5 se reúne la sala de lo contencioso administrativo del Supremo para concluir cuál es la doctrina que se debe aplicar]. Vamos a ver cuáles son los supuestos jurídicos entendiendo que el legislador tiene plena capacidad para legislar, pero la opinión del supremo puede ser interesante para ilustrarnos cuales son las posiciones desde el poder judicial en estos momentos.

Esta ley hipotecaria estaba ideada en su origen como un refuerzo de la defensa del consumidor respecto a la entidad financiera. ¿Considera que si no se aprovecha la reforma puede ser una oportunidad perdida?

Lo que es cierto es que poco a poco los bancos están retrocediendo. Era una situacion muy flagrante para la sociedad y para las propias resoluciones judiciales. Pero van arrastrando los pies. El texto sigue estando en una parte fuera de la ley. Ahora, ¿hay alguna pequeña mejora? La hay. Por supuesto, pero porque estas transponiendo una directiva. Pero las cuestiones clave, en lo relativo a las sentencias del TJUE o a la realidad social y económica del país, para nosotros queda muy lejos y contiene serios peligros para la población y para el Estado.

Usted ha participado en la comisión de investigación de la crisis financiera. En las conclusiones de su grupo se desliza que, aunque las reglas del juego han cambiado, se siguen produciendo desmanes en la banca ¿Sigue quedando camino por recorrer?

Hay desmanes y los peligros. Las dos cosas. Hay en marcha una burbuja inmobiliaria en la que además operan nuevos actores desconocidos para los reguladores económicos y jurídicos de nuestro país como son los fondos buitre. Además, vimos en esa comisión que los sistemas de control y supervisión son más laxos ahora. El sistema de control que tenía el Banco de España era bastante más eficiente que el Mecanismo Único de Supervisión. Ademas los bancos están en un rescate permanente con los préstamos al 0% del BCE. Hay un problema serio. Por otro lado, la ausencia de un actor financiero público capaz de dinamizar la economía para nosotros es peligrosa. La situación ha sido muy dura para la sociedad y creemos que el rescate ha sido superior a las cifras de las que hablamos continuamente. Sigue habiendo una situación grave y complicada que podría afectar a la estabilidad del país. Por ejemplo, el hecho de tener que pagar el impuesto de actos jurídicos documentados, supone un terremoto que hace que se desplomen en Bolsa. Eso quiere decir que las entidades financieras no están saneadas. A esto hay que unir las sentencias que están pendientes por parte del TJUE. Vamos a ver qué pasa con el vencimiento anticipado porque es muy serio. La sentencia del impuesto parece el terremoto mundial, pero es un juego de niños en comparación con esto.

¿Cuáles son, en su opinión, las medidas que más apremian para proteger al cliente hipotecario?

Son muchas. No estamos hablando de algo que con una sola medida se solucione como una varita mágica. Todo lo relativo a aplicar medidas de protección, la limitación de responsabilidad del deudor, que se garantice a las personas en situación de vulnerabilidad que no irán a la calle existiendo viviendas vacías, que haya un procedimiento judicial donde la gente se pueda defender, que se busquen procesos alternativos a la ejecución hipotecaria, que haya procedimientos sancionadores severos. Son muchas cosas y no todo está en la ley hipotecaria.  Hubiera sido mucho más interesante que la reforma de esta ley hipotecaria se hubiera hecho de otra forma, con un proceso dialogado que nos permitiese no repetir los errores del pasado. Pero les ha entrado las prisas. Por ejemplo, esta ponencia está puesta en marcha sin conocer las conclusiones de la comisión sobre la crisis financiera. Esto es un poco absurdo.

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lunes, 29 de octubre de 2018

Contra los abusos de la banca


Los abusos de la banca colapsan los juzgados con un millón de pleitos en cinco años


Por Eduardo Bayona
Público.es, 23/10/2018.

Las prácticas abusivas de la banca española, han provocado cerca de un millón de pleitos en apenas cinco años, en los que los consumidores han interpuesto cientos de miles de demandas para reclamar la nulidad de las cláusulas suelo de sus hipotecas, la devolución del dinero cautivo o esfumado tras un endose de participaciones preferentes y subordinadas en vísperas de la intervención del sector o la anulación de los créditos 'swap', en los que el interés se disparaba sin que quien lo había contratado llegara a entender por qué.

A estos procedimientos, en los que las familias españolas se jugaban varios miles de millones de euros, hay que sumarles otros como la avalancha de demandas de pequeños accionistas de Banco Popular que vieron cómo los 2.000 millones de euros de la ampliación de capital de la primavera de 2016 se esfumaban con la ‘resolución’ de la entidad y su venta por un euro a Santander apenas un año después. Más de 45.000 poseían pequeñas carteras, de menos de 20.000 euros.

Pero los consumidores no solo han presentado demandas. También han tenido que defenderse en los tribunales de las ejecuciones hipotecarias (324.195 desde 2013, 695.259 desde 2008) y de los lanzamientos de sus casas derivados de ellas (143.683 en los últimos cinco años y medio), que han llevado a las entidades financieras a sufrir una indigestión de ladrillo de la que ahora se están beneficiando los fondos de inversión, que se están convirtiendo en los amos del parque inmobiliario español.

Todo esto comenzó a ocurrir a finales de la década pasada, poco después de que el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, proclamara que España “tiene un sistema financiero sólido y fuerte y es el único país desarrollado que no ha visto la crisis de un banco”, y arreciaba cuando su sucesor, Mariano Rajoy, daba por bueno el coste de un rescate que, tras pasar en el discurso oficial de ser innecesario a no prever pérdidas para las arcas públicas, acabó superando los 42.000 millones de euros después de haber movilizado más de 350.000.

El 97% de las cláusulas denunciadas son abusivas

El grueso de las demandas lo están provocando las cláusulas hipotecarias, entre las que destacan por su número las que establecían un mínimo de intereses excesivo, junto con las de vencimiento anticipado, las de intereses moratorios, las de gastos de formalización o las multidivisa.

Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), entre el 1 de julio del año pasado y el 30 de junio de este se han presentado, pese al decreto para promover los acuerdos entre banco y cliente tras declarar la retroactividad de las indemnizaciones el Tribunal de Justicia de la UE, 247.381 demandas contra las entidades financieras por este motivo. En esos doce meses, los jueces han resuelto 40.389 casos, con estimación de la demanda en 39.303 ocasiones: el 97,3% de las cláusulas denunciadas eran abusivas.

Ese cerca de un cuarto de millón de asuntos está provocando el colapso de los juzgados especializados en cláusulas hipotecarias abusivas, al menos uno por provincia, en los que se acumulan 208.601 asuntos pendientes de resolver. Muchas de esas sentencias son recurridas por los bancos ante las audiencias provinciales, lo que ha llevado al CGPJ a poner en marcha planes de refuerzo en las de Alicante, Valencia, Madrid, Vizcaya, Jaén, Cádiz, Granada, Zaragoza, Barcelona y Badajoz.

Los tribunales provinciales han revisado más de 23.000 fallos sobre cláusulas suelo, según indican los datos del Centro de Documentación Judicial (Cendoj), mientras los juzgados de base apenas consiguen ventilar la cuarta parte de las demandas que reciben.

Esa misma fuente revela cómo en ese mismo periodo las audiencias resolvieron 58.249 casos de preferentes, 10.236 de subordinadas y 9.653 de ‘swap’. Suman 78.138, lo que indica, como poco, la existencia previa de otras tantas resoluciones sobre este tipo de productos financieros en los juzgados de Primera Instancia, a los que hay que sumar las no recurridas y las causas en trámite.

Normas de transparencia y ejecuciones hipotecarias

La magnitud de las prácticas engañosas de la banca, a la que se sumaron los de algunas empresas en los años posteriores al estallido de la burbuja inmobiliaria e hipotecaria (solo las preferentes vascas atraparon a 40.000 familias), llevó al Gobierno a poner en marcha la llamada normativa Mifid, con la que se imponían al sector una serie de requisitos de transparencia a la hora de colocar productos financieros a sus clientes.

No ocurrió lo mismo con las ejecuciones hipotecarias, que llevaron a la banca a presentar en una década casi 700.000 demandas (695.259) con las que acabó atiborrándose de activos tóxicos y sufriendo una ‘indigestión’ de ladrillo de la que ahora se están aprovechando los fondos de inversión, algunos de los cuales se han convertido en los principales propietarios de vivienda del país.

En este caso, el ejecutivo de Mariano Rajoy optó por llevar al Constitucional varias normas autonómicas de vivienda, como el decreto de emergencia de Aragón o la ley andaluza de Función Social de la Vivienda, que pretendían sentar las bases para evitar los desahucios sin techo alternativo.

Solo en los últimos cinco años y medio, desde principios de 2013, las entidades financieras han pedido a los tribunales la ejecución de 324.195 hipotecas y el desalojo de 143.683 viviendas y locales. Salen sendas medias de 1.113 y 502 por semana, si bien es cierto que el ritmo bajó a 543 y 424 en el primer semestre de este año.

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