martes, 7 de noviembre de 2017

La banca gana más que pierde con la nueva ley hipotecaria



Por Quesada Vargas
Capital Madrid, 07/10/2017.

Los bancos que operan en España es­tu­dian al de­talle la letra pe­queña del Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario apro­bado este mes por el con­sejo de mi­nis­tros. Si no hay con­tra­tiem­pos, la nueva ley será apro­bada a lo largo de la pri­mera mitad de 2018. Con el Euribor en el -0,18% al cierre del mes de oc­tubre y con el 40% de la con­tra­ta­ción de nuevas hi­po­tecas en la mo­da­lidad de tipo fijo, el primer ba­lance para la banca es fa­vo­ra­ble: la nueva ley le da más de lo que le quita.

Una de las líneas maestras del proyecto es dar todas las facilidades para convertir una hipoteca variable en una a tipo fijo. La medida llega en pleno cambio cultural en las preferencias de quienes compran una vivienda. La comparación interanual hasta agosto dice que la elección de hipotecas a tipo fijo se ha disparado un 55%. Un cambio de dirección que tiene mucho que ver con la agresiva estrategia comercial de la banca para potenciar una modalidad que le aporta mucha más seguridad con el Euribor en negativo.

Desde hace ya al menos dos años, las redes de oficinas de la banca están promocionando las hipotecas a tipo fijo. La competencia entre entidades ha sido y es tan alta que los tipos de interés que aplican a estos préstamos han alcanzado niveles extraordinariamente competitivos. En estos momentos, los españoles pueden hipotecarse a tipos fijos TAE que alcanzan el 2,7% en las ofertas más atractivas del mercado. Los expertos están de acuerdo es que son precios interesantes para los compradores de casas.

“Existe una oportunidad histórica de contratar hipotecas a tipo fijo a estos niveles. Elegir entre una modalidad u otra depende de muchos factores, pero es evidente que para mucha gente poder asegurar el pago constante de un préstamo para vivienda en niveles de alrededor del 3% es una opción muy atractiva. La banca española es muy competitiva y las dos partes pueden salir beneficiadas si los precios son atractivos”, señalan en una gran consultora inmobiliaria internacional.

A pesar de que los mejores precios a tipo fijo están ya muy ajustados, para la banca la nueva ley puede ser muy beneficiosa. Si se produce un trasvase potente desde el tipo variable hasta el tipo fijo, los bancos se asegurarán ingresos estables y eliminarán parte del riesgo que suponen los préstamos variables, que suponen el 80% de las existencias actuales de hipotecas. Después de 14 mínimos históricos del Euribor consecutivos y con la expectativa de tipos cero en Europa durante muchos meses aún, la banca gana.

Compensación

El previsible trasvase desde una modalidad a otra puede compensar aquellos aspectos de la ley que menos favorecen al sector. Por un lado, el banco no podrá obligar a los compradores a asumir los productos vinculados (por ejemplo, los seguros) a una hipoteca. Pero la ley sí les abre la puerta a realizar ofertas combinadas, según las cuales el tipo que se aplica baja en función de la contratación de determinados productos. Una oferta que ya realizan muchas entidades financieras.

En el apartado de los gastos, las noticias tampoco son demasiado negativas para la banca. La nueva ley pide máxima transparencia a la hora de poner negro sobre blanco la distribución de los gastos de la operación hipotecaria. Pero no dice cómo se reparten entre el banco y el cliente. “Para la banca, que ya ha empezado a asumir una parte relevante de los gastos, la medida no debería ser especialmente traumática. Es una parte que el sector da por descontada”, señalan fuentes financieras.

La banca afronta las nuevas reglas del juego con tranquilidad en un contexto favorable. La gran apuesta hipotecaria del grueso de las entidades se está viendo refrendada por la recuperación del mercado inmobiliario. Según los últimos datos de los notarios, entre abril y junio el número de operaciones superó con creces las 142.000, el nivel más alto en un segundo semestre del el año 2010. Cifra esperanzadoras de transacciones para el sector financiero, que ha encontrado en las hipotecas un gran filón para vincular clientes.

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domingo, 5 de noviembre de 2017

Postverdad a tope


El gobierno se pliega a los intereses de la banca para aprobar una ley hipotecaria sin garantías para los consumidores



Nueva Tribuna.es, 05/10/2017.

Con esta esperada reforma en España seguirán los desahucios, las cláusulas abusivas, y en general unas condiciones impresentables en la legislación europea.

Además de trasponer la normativa europea, las medidas incluidas en la nueva norma derivan de nuevo toda la responsabilidad al consumidor, y enmascaran nuevos beneficios a la banca bajo la falsedad de una “reducción de costes” para los consumidores.

El Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario aprobado en el Consejo de Ministros de esta mañana es una muestra más de connivencia con el sector bancario. No se cumplen todas las garantías de protección que, como se deriva de la experiencia, necesitan los hipotecados de nuestro país, y se contradice a todos los sectores implicados, incluido el Consejo de Estado, que han puesto objeciones a un tipo de proyectos como este, que sólo satisfacen a la banca aunque aún querría más.

La mayor parte de estas medidas no tienen como objetivo ningún beneficio real para los consumidores. En el caso del paso a hipotecas a tipo fijo, se trata de una medida impulsada por la banca para obtener mayores beneficios, amparada en el miedo a una hipotética subida del Euríbor y con argumentos fraudulentos en el caso del paso las hipotecas a tipo fijo, y en particular el fraude de las de tipo mixto.

Una potencial ventaja que tenía la norma para no incurrir en la grave crisis hipotecaria española, como podía haber sido el establecimiento de un contrato tipo libre de condicionados abusivos, ha sido de nuevo convertida en una mera habilitación al Gobierno dejando además la utilización o no de esta fórmula en manos de la voluntad de las entidad financiera cuando debería ser obligatorio, tal como viene solicitando ADICAE.

Es decir, el Sr. de Guindos ha introducido todas las chapuzas de la legislación provisional e interesada que el Ministerio de Economía ha venido aprobando durante la crisis, sin haber resuelto ningún problema.

En el proyecto faltan además normativas que ADICAE considera fundamentales y que fueron plasmadas en las oportunas alegaciones al anteproyecto de ley, con el objetivo de conseguir una normativa hipotecaria que, por primera vez, tenga un beneficio real para los consumidores.

De esta forma la norma aprobada sigue alejada de una ley hipotecaria que aborde en profundidad los problemas de los consumidores y aporte alternativas reales a problemas como el del sobreendeudamiento y otros más profundos de desestabilización del sistema financiero y la propia economía. Por ello ADICAE seguirá luchando para impulsar las reformas necesarias dirigiéndose a los grupos parlamentarios, que ya disponen de amplios informes de los equipos técnicos de la Asociación.

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Agradecimientos


Los juzgados tumban los argumentos de la banca para no devolver el suelo



El Mundo Financiero, 04/11/2017.

La recuperación de lo pagado de más por la cláusula suelo no está resultando sencilla, pues muchos bancos se niegan a devolver el dinero por diversos motivos: por la firma de un acuerdo privado de no reclamación, por haber llevado a cabo una novación o una subrogación, por la prescripción de la nulidad tras haber cancelado el préstamo… Sin embargo, desde el comparador de hipotecas HelpMyCash.com afirman que los juzgados españoles están tumbando uno a uno todos estos argumentos y dando la razón a los consumidores.

Los acuerdos privados, sin validez

El ejemplo más reciente lo tenemos en el último pronunciamiento del Tribunal Supremo que sentenció hace unos días que los acuerdos firmados para eliminar el suelo a cambio de no reclamar posteriormente son nulos. Con estos pactos, que se empezaron a suscribir a partir de 2013, algunos bancos se ofrecían a suprimir la cláusula suelo (que había sido declarada abusiva por el propio Supremo), pero solo si el cliente accedía a no interponer reclamaciones futuras.

Pero este no es el único motivo por el que las entidades deniegan las solicitudes de devolución de sus clientes. También es común que se rechacen las reclamaciones de los hipotecados que llevaron a cabo una novación o una subrogación a lo largo del plazo del producto. No obstante, varios juzgados ya han sentenciado que, en estos casos, las entidades también deben devolver lo que cobraron de más por la aplicación de la cláusula suelo.

Asimismo, los tribunales se han pronunciado acerca de la posible caducidad de las reclamaciones hechas por consumidores cuya hipoteca fue cancelada hace más de cuatro años. Por ejemplo, desde la Audiencia Provincial de Alicante se argumentó, en marzo de 2017, que “la acción de nulidad absoluta, radical o de pleno derecho, no está sometida a plazo de prescripción ni de caducidad”. Las audiencias provinciales de Palencia y de Asturias se manifestaron en este mismo sentido.

El gobierno también recibe un tirón de orejas

Como vemos, los juzgados de nuestro país han ido desmontando uno por uno los principales argumentos que da la banca para negarse a tramitar las reclamaciones de sus clientes. Sin embargo, el tirón de orejas judicial no se limita únicamente a los bancos, sino que también se ha dado al Gobierno de la nación a cuenta del artículo cuatro del Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.

En su primer apartado, este artículo establece que los bancos solo deben abonar las costas del proceso judicial si la sentencia de un magistrado es más favorable que la oferta recibida por el cliente durante el procedimiento extrajudicial. Pero el Tribunal Supremo lo dejó sin validez cuando sentenció, en julio de 2017, que las entidades que pierdan el juicio por cláusulas abusivas están obligadas a pagar siempre todos los gastos judiciales, pues si el consumidor tuviera que hacerles frente, se podría producir un efecto disuasorio sobre el resto de afectados por el suelo.

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