martes, 26 de septiembre de 2017
La banca en la sombra acumula un billón en activos de entidades europeas
Por Íñigo de Barrón
El País, 25/09/2017.
Desde la crisis de las subprime en 2008, los países del G-20
—entre ellos España— vigilan el crecimiento del riesgos que asumen los
intermediarios financieros no regulados (conocidos como la banca en la sombra)
para evitar que contaminen a los bancos tradicionales. Sin embargo, este
sistema —compuesto por fondos de alto riesgo y vehículos de inversión— ha
crecido sin freno y, según denunció Mario Draghi, presidente del BCE, y ya
tiene un billón en los balances de las entidades reguladas. La Asociación de
Banca recordó ayer que “la banca en la sombra (sin fondos de dinero) suponía el
39% de los activos totales frente al 29% en 2008”.
El Banco Central
Europeo (BCE) ha comprado activos monetarios equivalentes al 30% del PIB de la
Unión Europea. Esto ha supuesto una inyección de liquidez en el mercado sin
precedentes, cuyo efecto se ha elevado por la bajada a cero de los tipos de
interés. La Reserva Federal de Estados Unidos ha seguido un camino similar.
Esta bolsa inmensa de liquidez no ha sido un revulsivo para la economía
europea, pero ha fomentado el crecimiento de los intermediarios no regulados,
que compran activos financieros buscando rentabilidad y han disparado su
precio, como está ocurriendo en algunas Bolsas, como la de Wall Street. En
ocasiones, estos intermediarios también prestan a las empresas, cuando la banca
rehúsa hacerlo.
Dentro de Europa, la aceptación de estos intermediarios es
dispar. Mientras en Luxemburgo, Chipre, Malta u Holanda su peso sobre el PIB es
muy elevado, en Francia, Alemania, Italia o España, con bancos muy regulados,
su relevancia es menor. Según el Banco de España, “una vez acotado el ámbito de
la banca en la sombra, en España representa el 5% del total de los activos de
las instituciones financieras”.
Crecimiento más
rápido que los bancos
La Asociación Española de Banca (AEB) alertó ayer del rápido
crecimiento de este negocio, “frente a la regulación compleja y estricta sobre
los bancos, considerando también la exhaustiva supervisión”. Es decir, la banca
en la sombra crece mientras se exigen cada vez condiciones más duras a las
entidades tradicionales. “Frente a la redimensión de los bancos, el resto del
sector financiero ha experimentado un fuerte crecimiento”, apunta la patronal.
Según los datos de la AEB, de los 68,5 billones que suma el sector financiero
europeo, el 39% corresponde a la banca en la sombra, es decir, unos 26,7 billones.
Esto supone diez puntos más que en 2008.
Pese a que ha sido el propio BCE el que está, en parte,
detrás de este fenómeno, ha sido su presidente Draghi el que pidió el 21 de
septiembre pasado la cooperación internacional para observar y afrontar los
riesgos de la banca en la sombra.
En la conferencia anual de Consejo de Europeo de Riesgo
Sistémico (CERS), Draghi dijo que las exposiciones de los bancos de la Unión
Europea al sector de la banca en la sombra es de más de un billón de euros,
informó Efe.
El 60% de estas exposiciones de los bancos de la UE a la
banca en la sombra es a entidades domiciliadas fuera del territorio
comunitario, añadió el presidente del BCE. Estas cifras reflejan la conexión
global y transfronteriza del sistema bancario y el de la banca en la sombra,
así como la necesidad de “una cooperación internacional en observar y afrontar
los riesgos”, dijo Draghi.
El FMI y el Financial Stability Board (que representa al
G-20) tratan de delimitar el alcance real de la banca en la sombra. Mientras,
Draghi pidió colaboración internacional porque “los intentos nacionales aislados
están predispuestos a fracasar”, dijo. Sin embargo, los expertos dudan de que
EE UU colabore en este sentido.
El Banco de
Inglaterra alerta de riesgos en el crédito al consumo
El Comité de Política Financiera (CPF) del Banco de
Inglaterra (BoE) advirtió ayer al sector bancario del rápido crecimiento de la
deuda en los créditos al consumo en Reino Unido. Afirmó que las entidades
podrían incurrir en pérdidas de alrededor de 30.000 millones de libras
esterlinas (34.080 millones de euros) en relación con los préstamos personales
y tarjetas de crédito, informó Europa Press. Por esto, el BoE propuso aumentar
el nivel de capital requerido a los bancos y que conserven 10.000 millones de libras
esterlinas (11.352 millones de euros) adicionales como una especie de
protección ante una posible futura recesión, al señalar que las entidades están
subestimando su exposición a deudas incobrables.
No obstante, la entidad presidida por Mark Carney aseguró
que el crédito al consumo representa el 11% de la deuda de los hogares, por lo
que, aunque no supone un riesgo para el crecimiento económico sí lo es para los
prestamistas y su capacidad de soportar las pérdidas en una recesión. Este tipo
de préstamos son los que tienen menos probabilidades de ser reembolsados porque
los bienes (electrodomésticos o viajes) son perecederos. El supervisor teme los
efectos de una subida de tipos o que aumente el paro con el Brexit.
Disponible en:
lunes, 25 de septiembre de 2017
La banca no asume todos los gastos de hipoteca pese al fallo del Supremo
Por Max Jiménez Botías
El Periódico de Aragón,
25/09/2017.
La sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de
diciembre del 2015 en la que determinó que corresponde a las entidades
financieras asumir los gastos de constitución de hipoteca marcó un antes y un
después en la aplicación de estos costes. Pero no ha sido suficiente para
establecer una tregua entre entidades y clientes bancarios. Entre otras razones
porque un sentencia posterior de la Sala de lo Contencioso Administrativo del
mismo Tribunal Supremo dio margen a los bancos para hacerse cargo de todos esos
gastos relacionados con tasas (actos jurídicos documentados) y tasaciones.
El resultado es que son los jueces de primera instancia los
que acaban determinado quién tiene que hacerse cargo de determinados costes.
Los despachos de abogados se frotan las manos con el número de reclamaciones
que les llegan y los bancos han acabado estableciendo un protocolo
administrativo de aceptación u rechazo de costes en función de cómo se han
resuelto hasta ahora en los juzgados de primera instancia las demandas
planteadas.
«La cuestión es que el Tribunal Supremo dictaminó que
corresponde a los bancos hacerse cargo del pago de los gastos de constitución.
De hecho la hipoteca es una doble garantía que imponen los bancos para
asegurarse el pago del crédito, qué menos que se hagan cargo de los gastos de
un trámite que particularmente les favorece a ellos», afirma Jesús María Ruiz
de Arriaga, del despacho Arrigaga y Asociados, especializado en demandas
hipotecarias. Pero, también es cierto que la otra sentencia ha contribuido a
generar confusión. «Tenemos sentencias en todos los sentidos, a favor de
nuestros clientes y en contra, depende de lo que se haya reclamado», agrega.
«Pero las que están en contra, las hemos recurrido y estamos seguros de que el
Supremo nos acabará de dar la razón, ateniéndose a su propia jurisprudencia»,
subraya.
MAS DE 40.000 CASOS / El caso es que solo este despacho
representa 41.700 casos que reclaman a los bancos que asuman los gastos de
constitución. «Y cada día entran más», sostiene.
Ante esta situación, la banca ha optado por asumir en sus
hipotecas los gastos que los jueces han decidido hasta ahora que les
corresponden. Pero rechazan hacerse cargo de los que la justicia no les
atribuye. En este sentido existe cierta unanimidad en el sector respecto a
asumir los gastos de gestoría, registro y parte de los gastos de notaría.
Aunque no todas las entidades los aceptan y algunas simplemente los comparten
con el cliente. En lo que sí hay unanimidad es en rechazar los gatos relacionados
con los impuestos (actos jurídicos documentados) y la tasación. Ningún banco
los asume en sus nuevos créditos, pese a que en las disputas judiciales se le
ha dado la razón al cliente en algunos casos.
También existe una gran coincidencia en el sector a la hora
de no aceptar las reclamaciones relacionadas con hipotecas pasadas. «Si nos
llega alguna reclamación del cliente sobre operaciones antiguas, interpretamos
que no corresponde la devolución de las cantidades pagadas», afirman fuentes de
una entidad financiera. Considera que la nulidad del «pacto de reparto de
gastos» no conlleva el reembolso de los gastos que el cliente ha satisfecho a
terceros (notario, registrador, gestoría e impuesto.
Disponible en:
domingo, 24 de septiembre de 2017
Sobre una banca pública en Navarra
Por Carlos Andrés
Uranga
Diario de Navarra,
04/09/2017
El pasado martes 29 de agosto este periódico publicaba un
artículo titulado 'Txarka Pública' acerca del informe que estudiará la
viabilidad de una banca pública en Navarra, tal y como se recoge en el Acuerdo
Programático del cuatripartito. Creo que el artículo induce al lector a error,
por lo que quisiera aclarar algunas imprecisiones. Antes que nada, debería
saber la autora que gastar el dinero en un estudio previo es de todo menos
malgastar, ya que como se dice en inglés, Prior preparation prevents poor
performance. El auténtico despilfarro (además de negligencia) sería tomar una
decisión en un ámbito tan delicado sin considerar toda la información
disponible. Es más, esta es una máxima que se debería de aplicar
independientemente del color del gobierno, pues favorece una gestión prudente
de los recursos públicos.
La autora afirma que la CAN, “lo diga Kontuz o el
sursuncorda” es una entidad privada por sentencia del Tribunal Supremo. Ni lo
uno ni lo otro es cierto, ya que fue el Tribunal Constitucional quien en su
sentencia 49/1988 dictaminó que se trata de un ente de carácter social, cuya
finalidad no es la de distribuir beneficios, sino dedicar su excedente a obra
social. Dicha sentencia, que parece obviar la autora, marcó su carácter
atípico, al ser entidades sin ánimo de lucro, lo que no responde al concepto
tradicional de empresa.
También afirma que “la banca pública no es una buena idea
porque si no todas las CC AA tendrían una”. Y tanto que si la tienen. No estoy
hablando ya de las Sociedades de Garantía Recíproca, a través de las cuales
prácticamente todas las CC AA participan en la concesión de avales a empresas
locales -asumiendo por tanto riesgo contra las cuentas públicas-, sino de entes
públicos que funcionan como brazos financieros que permiten articular la
política financiera. ¿Qué son si no el Instituto Vasco de Finanzas o el
Institut Valencià de Finances? Auténticas herramientas para canalizar y centrar
los recursos en aquellas actividades de mayor valor añadido, y que pueden
quedarse fuera del flujo de financiación proporcionado por el sector privado.
Si bien estos entes no pueden realizar la actividad
reservada para las entidades de crédito, como es la captación de fondos
reembolsables del público, sí que su estructura les permite acceder a mercados mayoristas
con unos márgenes cercanos al tipo medio de contratación de las entidades de
crédito. Además, el hecho de no ser entidad de crédito les exime del
cumplimiento de requerimientos que, de otro modo, imposibilitarían su
actividad.
Tiene razón la autora al decir que “un banco público no
daría dinero a quien no demuestra que puede devolverlo”. Si bien es una
afirmación prudente, debería saber que la función de estos entes no sería en
ningún momento la de sustituir o competir con el sector privado, si no de
complementarlo y propiciar que el crédito llegue a aquellos sectores que
podrían estar marginados si se analizan desde una óptica meramente financiera.
Por tanto, no se trata de descartar de entrada el proyecto
simplemente porque nos chirríe aquello de “banca pública”, sino de estudiarlo
en profundidad, sabiendo que es una herramienta que puede ayudar al desarrollo
del territorio navarro durante las próximas generaciones.
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