Por Rubén Santamarta
La Voz de Galicia,
25/11/2017.
Con algo de retraso (se preveía para hace un año), el
Gobierno ha decidido transportar a España una directiva comunitaria con la que
trata de evitar la exclusión financiera, esto es, que determinados perfiles de
clientes se queden fuera del circuito bancario simplemente porque no les
resulta interesante a las entidades. A través de un real decreto-ley, los
bancos estarán obligados a facilitar a todos los usuarios una cuenta corriente
para depositar su dinero o realizar traspasos, y disponer de una tarjeta. Y con
independencia de la rentabilidad que les suponga ese ciudadano.
La decisión, adoptada ayer por el Consejo de Ministros,
llega en un momento clave. Los cinco grandes grupos bancarios que operan en
España -Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell y Bankia- controlan ya más del 70
% de todo el mercado, tras sumar el negocio del Popular al Santander. Es uno de
los niveles de concentración más altos de la UE. Por comparar con economías
similares, en Alemania esa cuota apenas supera el 30 %; y en Francia e Italia
no llega al 46 %. En Galicia ese nivel de control de los cinco grandes es más
preocupante: supera el 90 % de todo el negocio. La oferta hoy se reduce a poco
más de una decena de entidades, cuando antes de la reestructuración, en el
2009, superaban la veintena. Y hay grandes áreas rurales que se han quedado sin
oficinas bancarias.
Ese oligopolio puede dar lugar desde una menor oferta
competitiva a los clientes a una exclusión de clientes a sus servicios. Es el
principal objetivo de la ley presentada. Estas son las claves:
NUEVO PRODUCTO
Cuenta de pago básica.
El real decreto-ley incorpora como herramienta clave la creación de un producto
bancario: la cuenta de pago básica. Es la manera de dar forma al derecho
universal a la inclusión financiera, una figura que no existía hasta ahora. Esa
cuenta debe proporcionar una serie de servicios esenciales: domiciliación de
recibos, uso de tarjetas de débito o prepago, retirada de efectivo o
transferencias.
LAS COMISIONES
Reguladas por decreto.
Vinculado a lo anterior, el Ministerio de Economía regulará directamente el
importe que los bancos cobrarán en comisiones por esa nueva cuenta básica. Las
cifras no están fijadas (se verán en una futura orden ministerial), pero
fuentes conocedoras hablan de «importes razonables» en función de la renta del
cliente, el gasto medio aplicado a otras cuentas.
LOS EXCLUIDOS
Solo si hay riesgo de blanqueo o terrorismo. ¿Puede negarse
un banco a abrir una cuenta básica? No. Según la información que maneja
Economía, solo se podrá rechazar a un cliente si este no aporta la información
requerida en función del nivel de riesgo de blanqueo de capitales o de
financiación del terrorismo, o si su apertura es contraria a la seguridad
nacional. Se trata de «casos muy tasados», dicen en el ministerio.
MEDIDAS PARA TODOS
Más transparencia en cobros y cancelaciones. Las medidas
adoptadas por el Gobierno incluyen algunas para todos los clientes. Por
ejemplo, la posibilidad de cancelación de una cuenta bancaria en 24 horas, y el
traslado de entidad en un máximo de 13 días. También la obligatoriedad para los
bancos de proporcionar con antelación al consumidor un documento informativo
con las comisiones que cobrará. Además, deberán proporcionarle cada año, y
gratuitamente, un estado de todos los pagos por servicio en los que haya
incurrido.
LOS BANCOS ACAPARAN
NUEVE DE CADA DIEZ RECLAMACIONES ANTE LA CNMV
Los bancos acumularon nueve de cada diez reclamaciones que
hicieron los inversores a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en
EL 2016, concretamente un 88,9 %. En palabras del supervisor, esto se explica
«teniendo en cuenta el peso relativo de estas entidades en la canalización del
ahorro», según recoge la memoria de reclamaciones. Las quejas contra empresas
de servicios de inversión y gestoras de instituciones de inversión colectiva
nacionales ascendieron al 1,7%, mientras que un 0,8 % se referían a sociedades
de valores; un 0,5 %, a agencias de valores, y un 0,1%, a empresas de
asesoramiento financiero.
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