Por Julia Pérez
Público.es,
04/10/2017.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha admitido
las tres primeras querellas por la ampliación de capital del Banco Popular en
2016 dirigidas contra la propia entidad financiera, los expresidentes Ángel Ron
y Emilio Saracho y miembros de su Consejo de Administración por delitos de
falsedades societarias y administración desleal, contra el mercado, falsedades
documentales y apropiación indebida.
En tres autos, el magistrado acuerda abrir dos piezas
separadas del caso, tal y como pedía la Fiscalía Anticorrupción. En la primera
se investigará la ampliación de capital realizada por el Banco Popular en el
ejercicio 2016, por importe de 2.505 millones de euros.
La segunda de las piezas se centrara en el supuesto delito
manipulación del mercado que se habría cometido con la publicación de noticias
que contenían datos o información supuestamente falsos, con la finalidad de
hacer caer el valor de la cotización de las acciones del Banco y poder obtener
importantes beneficios, así como el uso de información privilegiada y relevante
para la cotización de las acciones por parte de la excúpula del Popular con la
que se hubieran podido lucrar.
El titular del Juzgado Central de Instrucción acuerda una
batería de diligencias solicitadas por las querellantes, como citar a declarar
a los querellados y requerir documentación a la CNMV, al Banco Popular y al
FROB. Ademas, pide al Banco de España que designe a dos funcionarios para que
estudie el folleto y la documentación aportada a los accionistas en la
ampliación de capital, con el fin de que determinen si la información contable
ofrecía la imagen fiel de la entidad y estaba libre de manipulación o
deformación.
Según el juez, en este caso son diversos los hechos que se
denuncian, si bien podrían dividirse en dos grandes fases o etapas: aquella en
la que el Consejo de Administración del Banco Popular Español estuvo presidido
por Ángel Ron, hasta el 20 de febrero de 2017, y la que contó como presidente
de la entidad a Emilio Saracho a partir de esa fecha.
Respecto de la primera época se denuncia la operativa
realizada para la ampliación de capital del Popular, en el ejercicio 2016, por
2.505 millones de euros, de forma que para captar el capital de los potenciales
inversores habría proporcionado a estos, a través de los folletos informativos
correspondientes, una información de sus estados contables y financieros que no
reflejaba la verdadera situación económica de la entidad.
Esos hechos serían constitutivos, a juicio del juez, de un
delito relativo a los mercados y los consumidores, competencia de la Audiencia
Nacional en relación con el concepto de defraudación requerido por el Tribunal
Supremo. También es competencia de este órgano central porque el montante de la
operación (2.505 millones de euros) pudo afectar de manera grave al tráfico
mercantil, así como por los miles de accionistas repartidos por toda España.
También se investigarán las condiciones salariales e indemnización vitalicia
fijada para Ángel Ron al cesar en el cargo de presidente del Consejo de Administración.
En cuanto a la segunda época, continúa el auto, se denuncia
la campaña de desprestigio del Banco Popular Español a través de la publicación
de noticias que contenían datos o información falsa, para hacer caer el valor
de la cotización de sus acciones y obtener así importante beneficios, hechos
que podrían constituir un delito de manipulación del mercado.
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