Por Andrés
Muñiz.
Diario Público.es, 29/06/2013.
El descontrol y la
imprudencia, y no las virtudes cristianas, presidieron la gestión de la
entidad cordobesa Cajasur, bajo la órbita de la Iglesia católica hasta
que en el año 2010 tuvo que ser intervenida por el Estado y posteriormente vendida
al BBK. Así lo reflejan las sentencias dictadas en las últimas semanas por la
Audiencia Nacional, que confirmó multas de 2,5 millones de euros a 38
exdirectivos de la caja, entre ellos un obispo, y por el Supremo, que añadió
una sanción de 600.000 euros por incumplimiento de la normativa de
prevención del blanqueo de capitales.
No sólo en el Vaticano hay
problemas con las finanzas. La Audiencia Nacional ha ratificado este mes las
sanciones económicas que el Ministerio de Economía estableció en enero de 2012
para expresidentes y exdirectivos de Cajasur, confirmando a su vez la
decisión del Banco de España.
Los jueces no dan relevancia a la
alegada condición de sacerdotes de una decena de los recurrentes --entre
ellos los expresidentes Santiago Gómez Sierra y Juan Moreno Gutérrez--, al
entender que ello "no constituye una circunstancia eximente de la
responsabilidad que adquirieron cuando aceptaron hacerse cargo de los puestos
respectivamente ocupados en Cajasur".
Las multas son más graves para
aquellos miembros del Consejo de Administración que votaron en contra de la
fusión con Unicaja, incumpliendo las directrices del Banco de España, lo
que abocó a la intervención de la caja cordobesa y su posterior subasta, lo que
obligó a una inyección de dinero del Estado de cerca de 400 millones de
euros.Sin embargo, los exdirectivos decían en sus recursos que, pese a que
la entidad se vendió por un solo euro, no supuso ningún perjuicio para
inversores, ni para el Estado ni para la Junta de Andalucía.
La mayor sanción, de 180.000
euros, es para Santiago Gómez Sierra, antiguo vicario general de Córdoba y
actualmente obispo auxiliar de Sevilla. Presidió la caja desde 2006 hasta la
intervención en 2010, y votó contra la fusión con Unicaja. Los recurrentes
alegaron ante la Audiencia Nacional que la caja malagueña nunca tuvo voluntad
de llegar a la fusión que quería imponer el Banco de España, mientras que ellos
entendían más beneficioso un acuerdo con Caja Murcia.
La Audiencia Nacional, en
sentencia del pasado 12 de junio que confirma 1,4 millones de euros en
sanciones para 16 exdirectivos, incluido el obispo Gómez Sierra, destaca que
durante el mandato de estas personas "tuvieron lugar graves deficiencias
en materia de control interno".
Así, "no existieron
políticas prudentes de financiación y de mecanismos de control internos
eficaces que redujeran las altas tasas de morosidad, ni existieron mecanismos
de control para moderar el elevado perfil de riesgo, ni existió el control
adecuado sobre los procesos de inversión y desinversión de las empresas
participadas, ni se controló debidamente el riesgo de liquidez, ni el riesgo
tecnológico".
Cajasur incumplió el Plan de
Actuaciones aprobado por el Banco de España que incluía la fusión con Unicaja,
que era la garantía de viabilidad de la entidad. Ello fue una infracción muy
grave a la Ley de Disciplina e Intervención de entidades de crédito.
La Audiencia estima acreditado
que la oposición de los consejeros a la fusión con Unicaja trajo consigo la
subasta final de la entidad con un coste para el FROB (el Fondo de
reestructuración bancaria) de 392 millones de euros.
Otra falta muy grave fue
permanecer durante 6 meses, entre octubre de 2009 y mayo de 2010, en situación
de infracapitalización, y a partir de diciembre de 2009 se superaron los
umbrales de grandes riesgos.
A estas sanciones se une la
confirmada por el Tribunal Supremo el pasado 29 de abril a la caja cordobesa, de
un total de 600.000 euros, por cinco infracciones de la normativa que le
obliga a colaborar con las autoridades en la prevención del blanqueo de
capitales.
De las cinco multas --impuestas
por el Ministerio de Economía en el año 2008--, la más grave, por importe de
200.000 euros, se debió al incumplimiento de comunicar al Servicio Ejecutivo
del Banco de España "cualquier hecho u operación respecto al que exista
indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales",
así como "la obligación de abstención de ejecución de operaciones con
indicios o certeza de relación con el blanqueo de capitales en tanto en
cuanto no se hayan comunicado al Servicio Ejecutivo".
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