Diario Público.es,
10/6/2013.
El juez de la Audiencia Nacional Fernando
Andreu investigará el diseño implantación, emisión, comercialización y
gestión de las preferentes tras admitir a trámite una querella presentada por Unión, Progreso y Democracia (UPyD)
contra cargos directivos de Caja Madrid, Bancaja y Bankia.
Según especifica en un auto hecho
público este lunes, el magistrado investigará por delitos de estafa, estafa
de inversores, apropiación indebida, publicidad engañosa, administración
fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas a
los responsables de los folletos de las emisiones de participaciones
preferentes de Caja Madrid Finance Preferred S.A., Carlos Stilianopoulus; de
Caja Madrid, Fernando Cuesta y Carlos Contreras; de Bancaja Eurocapital
Finance, Aurelio Izquierdo; y de Bancaja, José Fernando García.
No obstante, ha rechazado imputar
como solicitaba la formación al exgobernador del Banco de España Miguel
Ángel Fernández Ordóñez y al expresidente de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores (CNMV) Julio Segura.
Andreu explica que los delitos
mencionados son competencia de la Audiencia Nacional. Recuerda que nos
encontramos en la fase inicial de la investigación y que "de verificarse
en fase de instrucción indicios racionales sobre la comisión de los hechos que
son objeto de denuncia, no puede descartarse su relevancia penal y aún menos
sin haberse efectuado un mínimo de actividad de instrucción sumarial".
El magistrado indica que comparte
con el Ministerio Fiscal que "la delgada línea que puede separar en
este tipo de hechos el ilícito penal del civil" pero precisa que
"no es en absoluto descartable la existencia del primero".
Asegura que la tutela judicial
ampara a quien acude a los tribunales a fin de que se investigue si en el
diseño implantación, emisión, comercialización y gestión de estos productos
financieros pudiera haberse incurrido en delito. Así, entiende que debe
romperse el mito de acudir preferentemente a la vía penal cuando se puede
obtener respuesta más eficaz ante la vía civil y contenciosa.
No obstante, precisa que este
criterio basado únicamente en la eficacia y rapidez "lo es sólo en lo que
se refiere a la reparación indemnizatoria y no puede servir de excusa para
crear espacios de impunidad si es que se ha cometido algún ilícito penal".
Andreu ha adoptado esta decisión después de que la Fiscalía Anticorrupción le
informara el pasado 31 de mayo que el lanzamiento y la venta de preferentes no
constituye delito ni se puede determinar que hubiera "un plan
preconcebido" para su gestión y diseño. "Nos encontramos con un
producto que en sí mismo no puede considerarse fraudulento y que, a la fecha de
su comercialización, se encontraba autorizado y regulado por la CNMV",
señalaba el Ministerio Fiscal en cuatro escritos presentados al juez.
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