lunes, 30 de marzo de 2015

Bruselas expedienta a España y 19 países de la UE por retrasos en la directiva de resolución bancaria


FACUA, 27/3/2015.

La Comisión Europea ha expedientado a España y a otros 19 países de la Unión Europea por no haber incorporado a sus respectivas legislaciones nacionales la Directiva de resolución bancaria, pese a que el plazo para hacerlo vencía el pasado 1 de enero.

La norma establece que en futuras crisis bancarias serán los accionistas y acreedores -incluidos bonistas sénior y grandes depositantes- los que asuman las pérdidas, en lugar de los contribuyentes. Así, se aplicará un porcentaje mínimo de quita obligatorio equivalente al 8% de los pasivos del banco.

Los únicos Estados miembro que han traspuesto esta directiva en plazo son Austria, Alemania, Finlandia, Reino Unido, Estonia, Hungría, Croacia y Eslovaquia. Al resto de países, Bruselas les ha enviado una carta de emplazamiento, primer paso de un procedimiento de infracción, pidiendo explicaciones por el retraso.

España está en una fase de trasposición muy avanzada porque ya aprobó legislación sobre resolución prevista en el memorándum de condiciones del rescate bancario y sólo tiene pendiente las disposiciones que obligan a imponer pérdidas a los bonistas sénior. El Gobierno ha comunicado a Bruselas que tiene previsto completar el proceso legislativo en junio, con lo que se libraría de una denuncia ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

También hay retrasos en la ratificación del Tratado que regula la mutualización del nuevo fondo de 55.000 millones de euros, prefinanciado por los bancos, que se utilizará en las resoluciones bancarias. Hasta ahora sólo lo han ratificado dos países, Letonia y Eslovaquia, aunque el plazo no vence hasta el 1 de diciembre de 2015. Tanto la imposición de pérdidas a acreedores como el nuevo fondo común deben empezar a funcionar en 2016.

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