Por Eduardo Segovia
El Confidencial,
01/02/2017.
Bankia ha puesto en un brete a todos sus competidores con su
decisión unilateral (solo secundada por BMN) de devolver todo el dinero cobrado
por las cláusulas suelo. Pero el impacto en el sector puede ser todavía mayor,
porque también podrán acudir a este procedimiento los clientes que firmaron
acuerdos con la entidad para que les retirara la cláusula a cambio de no
reclamar. Como ha informado El Confidencial, lo que más miedo da a la banca es
la nulidad de estos acuerdos, porque, si también tuviera que devolver ese
dinero, el impacto sería catastrófico.
Este caso es muy habitual: un cliente con cláusula suelo que
reclamó al banco su eliminación, y al que este le ofreció un acuerdo por el que
se la quitaba a cambio de elevar el diferencial de su hipoteca respecto al euríbor
o, si el acuerdo es más reciente, a cambio de cambiarla por un tipo fijo. En
ambos casos, suponía una reducción de la letra mensual, aunque no tanta como la
que habría implicado la eliminación total del suelo. Y además, incluía una
cláusula por la que el cliente se comprometía a no reclamar nada más al banco
ni acudir a los tribunales. Y ahora que el tribunal de la UE declara la
retroactividad total de estas cláusulas cuando sean declaradas nulas, muchos de
estos clientes consideran que el banco les ha vuelto a engañar.
Los bancos han utilizado masivamente la vía de los acuerdos
individuales para reducir su exposición a las cláusulas suelo; aunque las
cifras concretas solo las conoce cada entidad, distintas fuentes del sector
coinciden en que, si son declarados nulos, el importe que tendría que devolver
el sector sería tan grande que se llevaría por delante a más de una entidad.
Las fuertes provisiones que están realizando en las cuentas de 2016 por el
impacto de estas cláusulas no incluyen dichos acuerdos, ni tampoco los famosos
4.000 millones que calcula en total el Banco de España.
Y ahora llega la entidad que preside José Ignacio Goirigolzarri
y pone al sector patas arriba con la inclusión de estos acuerdos en el
procedimiento para la devolución de las cláusulas, aunque tengan cláusulas de
no reclamación. Existe un debate en el mundo bancario y jurídico sobre la
validez de estas cláusulas, que, en muchos casos, se incluyeron en una
escritura pública porque el cambio se hizo mediante una novación del préstamo.
En teoría, la doctrina dice que depende de si el banco destacó esta cláusula
suficientemente y se aseguró de que el cliente la comprendía.
La experiencia dice
que los jueces los anularán
Pero Bankia, sobre la base de su experiencia, considera que
ningún juez las va a admitir, por lo que no se molesta ni siquiera en
intentarlo. "Nosotros lo intentamos con los híbridos y con la salida a bolsa,
y perdíamos sentencia tras sentencia. Y en las cláusulas suelo, un 90% de
sentencias las consideran nulas", señalan fuentes de la entidad. Además,
recuerdan que la carga de la prueba pasa a ser del banco, que tiene que
demostrar que el cliente lo entendió bien... algo muy difícil en un tribunal, a
su juicio.
Goirigolzarri explicó en la presentación de los resultados
anuales que "no hay que esperar al Tribunal Supremo para tomar decisiones
de política comercial". Algo que se aplica tanto a la devolución total de
las cláusulas como a la decisión de no batallar contra los clientes que
firmaron este tipo de acuerdos. La experiencia con las preferentes y la salida
a bolsa es que, al final, "el banco es el asesino", según las fuentes
citadas, y por tanto, esperar a que se pronuncie la Justicia solo sirve para
que se acumulen las demandas en los juzgados y, con ellas, las costas
correspondientes. Por consiguiente, es mejor cortar de raíz el problema antes
de que crezca.
No obstante, el resto del sector piensa aferrarse a la
validez de estos acuerdos. Después de la experiencia de los suelos, las
entidades se han curado en salud: en muchos casos, el cliente ha tenido que
redactar de su puño y letra esta renuncia a las acciones legales o un documento
en el que asegura que comprende los efectos de la misma y los acepta voluntariamente.
Con lo cual, será difícil aducir que no fue advertido. Además, ahora el real
decreto-ley va a dar cobertura legal a los nuevos acuerdos privados que se
alcancen entre banco y cliente, con lo cual "sería muy contradictorio no
dársela a los firmados con anterioridad", afirman en otra entidad.
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