Por Eva Díaz
El Economista.es, 29/01/2018
La banca afronta una nueva batalla en los tribunales por las
reclamaciones del cobro por comisiones por descubierto. Las denuncias se
intensifican y tan sólo en los últimos seis meses del año pasado, al menos una
treintena de juzgados de instrucción y alguna audiencia provincial han fallado
en contra de diversas entidades por el cobro de estas comisiones.
La suma de estas sentencias obligaba a bancos y cajas a devolver
a los clientes un total de 80.000 euros, más intereses y costas, por las
comisiones cobradas por descubierto. La guerra por las cláusulas suelo y otras
gastos hipotecarios abusivos, con sus respectivas sentencias a favor del
cliente siempre que haya falta de transparencia, seguido del último fallo del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que también se posiciona al
lado del usuario en materia de las hipotecas multidivisa, ha llevado a los
distintos clientes a estar más proactivos en su batalla contra la banca y
decidirse a reclamar.
Desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin)
aseguran que este tipo de demandas se están incrementando en los últimos meses.
"La gente está empezando a reclamar a los bancos por la vía
judicial", aseveran a este diario desde la asociación. La explicación no
es otra que la pérdida del miedo a enfrentarse a la banca alentada por el alto
número de fallos en contra de las entidades por cláusulas y prácticas abusivas.
"Los usuarios tienen que acabar con estos abusos y plantarles cara, bien
de manera individual o de forma colectiva", insisten desde Asufin.
En el grueso de las sentencias a favor del cliente por las
comisiones por descubierto, los jueces se amparan sobre todo en tres aspectos.
De un lado, alegan que las comisiones cobradas son abusivas frente al
descubierto de la cuenta. Además, recuerdan que una comisión se cobra por un
servicio dado por el banco, y en ocasiones este servicio ni se presta o se da
en modo de aviso a través de una llamada o un correo electrónico que no supone
un coste tan alto como el de la comisión cobrada. Finalmente, señalan que
cualquier comisión que se vaya a cobrar debe haberse acordado con el cliente.
Cabe destacar que hay que diferenciar entre el cobro de los
intereses por descubierto y la comisión. El Banco de España señala en el caso
de los intereses por descubierto que la entidad es libre para determinarlos
siempre y cuando, junto con la comisión, no dé lugar a un TAE superior al
interés legal del dinero multiplicado por 2,5. En el caso de las comisiones, el
Banco de España recuerda que deben ser fijadas entre la entidad y el cliente,
es decir, que el usuario debe estar informado de ese cobro. Además, incide en
que las comisiones "sólo podrán percibirse por servicios solicitados en
firme o aceptados expresamente por un cliente, y siempre que responsan a
servicios efectivamente prestados o gastos habidos".
Desde la Asufin recuerdan que un hecho latente de que el
miedo se ha perdido es que los usuarios están empezando a usar la vía judicial
para reclamar lo que consideran abusos. Entre las últimas, aunque escasas aún
demandas, están las que denuncian "condiciones usureras" en las
tarjetas de crédito.
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