Por P. M.
Simón
Cinco Días,
14/08/2015.
La CNMV ha multado con 3,1
millones a Catalunya Banc y con la misma cantidad a Banco Financiero y de
Ahorros, matriz de Bankia, y a su filial con la misma cantidad. Ha detectado
defectos en la evaluación a los clientes, en su información y también
conflictos de interés en la reventa de estos productos en las oficinas.
La comercialización en avalancha
de participaciones preferentes en 2009 –las entidades financieras vendieron ese
año unos 12.000 millones de euros en estos activos de alto riesgo a cambio de
rentabilidades de hasta el 9% anual– comienza a pasar factura a los
bancos.
Más de 6.000 millones de euros en
preferentes y deuda subordinada están bajo la sospecha de algún tipo de
incumplimiento de la normativa vigente, según las actuaciones
supervisoras. La CNMV abrió expedientes sancionadores al 70% de los grupos
financieros españoles por este motivo entre 2012 y 2013, y desde el año pasado
se están produciendo las primeras sanciones.
El supervisor que preside Elvira
Rodríguez sancionó Santander
por la comercialización de este producto con una multa de un millón de euros el
año pasado y a comienzos de este ejercicio con 2,05 millones a Novacaixagalicia
Banco. Esta entidad se creó con la fusión de Caixa Nova y Caixa
Galicia y hoy se denomina Abanca tras su adquisición en diciembre de 2013 por
el venezolano Banesco.
Catalunya Banc
Hoy, el Boletín Oficial del
Estado (BOE) ha publicado las sanciones impuestas a Catalunya Banc –hoy en el
grupo BBVA tras ser adquirida por este en julio de año pasado –, como entidad
sucesora de Catalunya Caixa. Esta, a su vez, es responsable de las preferentes
comercializadas también por Caixa Manresa y Caixa Tarragona, además de por las
suyas propias.
La CNMV ha detectado que las
entidades catalanas comercializaban los productos híbridos “sin evaluar si
resultaban adecuados a los conocimientos y experiencia de los clientes”.
También detecta casos en los que no se ha informado de las características y
los riesgos o de haberlo hecho “inadecuadamente”.
El supervisor de los mercados
concluye que las entidades no gestionaron adecuadamente los conflictos de
interés generados por la realización de cases entre clientes a precios
significativamente alejados de su valor razonable. Y es que una parte de las
entidades había habilitado una especie de un mercado opaco en el que revendían
preferentes de unos clientes a otros muy por encima de su valor real.
El organismo que dirige Elvira
Rodríguez ha impuesto a multas a Catalunya Banc por 3,1 millones de euros por
estos tres motivos.
Las cajas de Bankia
En el caso de las entidades que
ahora forman parte de Bankia, la CNMV impone las multas por la inadecuada
gestión de intereses en el mercado artificial que crearon en las oficinas. Son
atribuibles a sanciones impuestas a Bancaja, Caja Madrid y Caixa Laietana. Las
preferentes quedaron en el balance de la matriz de Bankia, Banco Financiero y
de Ahorros, por lo que es esta la firma sancionada, con un total de 2,1
millones de euros.
También Bankia recibe una multa
de un millón de euros por la inadecuada gestión de conflictos de interés. Las
participaciones preferentes de las cajas que fueron el embrión de la entidad
financiera seguían intercambiándose en el mercado opaco entre los clientes de
las sucursales. BME, a instancias de la CNMV, creó el mercado Send, de renta
fija para particulares, con el objetivo de promover la transparencia en los
precios de este tipo de participaciones.
Trabajos de la CNMV
Las actuaciones disciplinarias de
la CNMV, recogidas en un informe de mayo de 2013, se refieren a un total de 22
incumplimientos relativos a cuatro cuestiones. Primera, la colocación “sin
valorar la conveniencia” (la venta de participaciones obliga a la entidad
financiera sin excepciones a realizar un test de convenciencia). Segunda, la
incorrecta valoración de la conveniencia o idoneidad del producto para el
cliente. Tercera, la inadecuada gestión de conflictos de interés. Y, cuarta, a
la inadecuada información.
El supervisor llamó la atención
que en determinadas entidades el número de clientes que contrató el producto
después de ser advertido de que la operación era ‘no conveniente’ fue muy
elevado. “Esta circunstancia puso de manifiesto la necesidad de reforzar la
normativa en los relativo al consentimiento informado de los clientes”, señala.
El documento resalta además que
el porcentaje de clientes a los que las entidades reconocen haber recomendado
de manera personalizada la contratación de estos productos es “absolutamente
marginal”. El asunto está en que las obligaciones son más estrictas cuando
la entidad recomienda de manera personalizada la contratación de un producto
(aunque sea implícitamente), ya que al estar prestando el servicio de
asesoramiento debe asegurarse de que el producto encaja perfectamente en el
perfil del cliente.
El Gobierno promovió que las
entidades que habían sido rescatadas, Novacaixagalicia, Bankia y Catalunya
Banc, iniciaran procedimientos no judiciales para devolver el dinero a los
afectados. Por esta vía, estas tres entidades han devuelto más de 3.000
millones de euros, el 45% del importe reclamado por los afectados. En la vía
judicial, las entidades logran sentencias a su favor en solo el 5% de los
casos.
(Nota de Carlos Javier Bugallo:
¡Sigue la vergüenza nacional! ¡Esa multa no es más que un óbolo para la banca!
Y además: ¿dónde están las responsabilidades penales? ¿Dónde está el Fiscal General
del Estado?)
Disponible en:
No hay comentarios:
Publicar un comentario