Diario El País, 10/10/2013
Los empleados de Caja Madrid que
en 2009 vendieron participaciones
preferentes debían comunicar a sus clientes que, en caso de
necesitar el dinero, la entidad les recompraría los títulos "en un plazo
máximo de 7 días hábiles". Esa es la respuesta a la pregunta "¿Qué
pasa si necesito mi dinero?" que figura en el argumentario comercial
distribuido por la caja en su red de oficinas.
Dos versiones de ese argumentario
-la provisional y la final- y un documento de estrategia comercial constan ya
en la causa que instruye el juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu,
después de haber sido aportadas a la misma por el colectivo 15mPaRato, que
ejerce la acusación en ese procedimiento dentro del caso Bankia.
Este documento no debía estar "a la vista de los clientes" dadas las
limitaciones impuestas por la CNMV a la publicidad de este tipo de emisiones.
Tras señalar que las preferentes
cotizarían en el mercado de renta fija AIAF y que Caja Madrid suscribiría "un
contrato de liquidez con una o varias entidades", se añadía que existiría
"un mercado secundario en la propia entidad", comprometiéndose a
recomprar los títulos "en un plazo máximo de 7 días hábiles". La caja
advertía de que la recompra se efectuaría "a precio de mercado, que podrá
ser mayor o menor que el precio de adquisición".
Colocaciones por tramos
En el documento de estrategia
comercial, correspondiente a la zona de Toledo, se fijaban objetivos para la
colocación de preferentes: 50.000 euros diarios las oficinas grandes, 35.000
euros diarios las medianas y 25.000 euros diarios las pequeñas. La emisión, de
3.000 millones de euros, ofrecía una rentabilidad del 7 % nominal anual fijo
durante los cinco primeros años y el euríbor a tres meses más el 4,75 % a
partir de entonces.
"Una gran oportunidad para
todos aquellos clientes que deseen obtener durante un amplio plazo de tiempo un
rendimiento muy atractivo", señala el argumentario, que plantea como una
posible pregunta de los compradores la de "Si es tan seguro, ¿por qué me
pagan más de lo habitual?".
Evitar el término
"perpetuo"
Los empleados de Caja Madrid
debían responder que al no tener "vencimiento definido" —el documento
evita la palabra "perpetuo"— y estar vinculados a la obtención de
beneficios distribuibles "deben remunerarse mejor que otros pasivos de las
entidades". El argumentario también preparaba a los empleados de la caja
para el caso de que alguien les mostrara su preocupación por la bajada de
calificación de Caja Madrid.
"El sistema financiero
español destaca sobre todos los demás por su solidez y solvencia, y dentro del
sistema español Caja Madrid ocupa una posición destacada", debía ser la
respuesta, en la que había que incluir el comentario de que "todo tipo de
emisores" habían visto rebajada su calificación ante "la evolución de
los mercados internacionales".
Si la pregunta era por las
garantías de la emisión, debían admitir que no estaba cubierta por el Fondo de
Garantía de Depósitos, pero que contaba "con la garantía 100 % de Caja Madrid".
Los documentos aportados a la causa señalaban que la emisión de preferentes era
"vital para la entidad" y pedían la implicación de todos los
trabajadores de la caja: "Todos debemos participar en la venta
activa".
La estrategia diseñada por Caja
Madrid implicaba contactar con todos los clientes posibles, incluidos los que
ya poseían preferentes de la emisión de 2004, pese a que ésta tenía una
rentabilidad menor y la entidad no preveía amortizar esos títulos.
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