domingo, 5 de octubre de 2014

CaixaBank, BBVA y Bankia quieren captar 73.000 millones de euros a través de productos complejos


ADICAE, 15/08/2014.

Las grandes entidades financieras suelen aprovechar la época estival para oficializar sus nuevos planes de captación de capital. Así lo han hecho ya CaixaBank, BBVA y Bankia, que han depositado en la CNMV los folletos de emisión de sus respectivos programas de productos de renta fija. CaixaBank intentará captar 15.000 millones de euros, BBVA 28.000 y Bankia 30.000. Para ello emitirán decenas de productos complejos. ¿A quiénes? Depende...

Las tres entidades financieras dejan la puerta abierta a colocar productos complejos entre los pequeños ahorradores. Las cuantías de las emisiones destinadas a estos clientes minoristas, y el modo de venta dependerá de cómo quede la redacción final de los folletos de emisión. Es decir, de lo que apruebe la CNMV. Pero, por si acaso, los consumidores deben permanecer alerta ya que todos los productos son valores de deuda de las entidades y no están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos. No son depósitos y ni siquiera son acciones: es deuda pura y dura.

Tienen múltiples riesgos: pérdida de liquidez, bajada de los tipos de interés en los productos sujetos a cotización –incluso por debajo del nominal-, riesgos derivados de un posible proceso concursal, que las hipotéticas amortizaciones anticipadas no sean favorables, pérdidas de todo el capital invertido, riesgos derivados de la falta de liquidez en los mercados, conflicto de intereses por parte de la banca, deterioro de las condiciones económicas en España y el resto de los países en los que operan los bancos,... todo lo que ocurra en la economía puede arriesgar el ahorro invertido en comprar estos valores.

Qué productos intentará vender cada banco

Bonos y obligaciones simples

Dan un interés, son reembolsables por amortización –anticipada o al vencimiento- y pueden negociarse o no en mercados nacionales o extranjeros. Serán vendidas por CaixaBank, BBVA y Bankia.

Bonos y obligaciones subordinadas

Las quieren colocar los tres bancos. Tienen las mismas características que los simples, pero en caso de quiebra de la entidad sus poseedores se colocarían en la línea de cobro detrás de todos los derechos y créditos de los acreedores de la entidad.

Bonos y obligaciones estructuradas

CaixaBank intentará colocarlas. Son productos cuya rentabilidad está ligada a la evolución de otros productos: una acción bursátil, un índice (Ibex35, Eurostoxx, etc.), un tipo de interés (Euribor, Libor, etc.) o un tipo de cambio (por ejemplo el euro-dólar). Puede sufrirse la pérdida total o parcial de la inversión.  

Cédulas y bonos hipotecarios

Se trata, básicamente, de bonos sostenidos como garantía con préstamos del banco emisor. Es decir, el consumidor le presta dinero al banco y tiene como garantía préstamos hipotecarios ya otorgados. El banco a su vez utilizará lo que el consumidor invierta para nuevos préstamos. Son un producto muy beneficioso para la Banca, ya que son a largo plazo y, a pesar de que la entidad paga más al consumidor que por un depósito a plazo fijo, juega con la supuesta dificultad de perder liquidez.

Funcionan como una mezcla ente un depósito a plazo fijo a largo plazo y un bono: por un lado el consumidor debería recuperar lo invertido más el tipo de interés acordado una vez que venza el título; y, por otro lado, son un bono porque se venden en el mercado AIAF en caso de necesitar liquidez. Pero son un producto complejo y en cierta manera arriesgado porque, a diferencia de los depósitos, no están garantizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos y porque deben venderse en un mercado secundario como es el AIAF, con la posible pérdida de rentabilidad que ello conlleva ya que se trata de un mercado muy difícil y que con la crisis financiera está prácticamente colapsado.

La diferencia entre las cédulas y los bonos hipotecarios es que las cédulas están ‘cubiertas’ por una serie de créditos indeterminados, mientras que los bonos lo están por créditos concretos. Las cédulas hipotecarias serán colocadas por CaixaBank, BBVA y Bankia y los bonos, por BBVA.

Cédulas territoriales

Los tres bancos intentarán colocarlas. Son similares a las cédulas hipotecarias, con la diferencia de que se encuentran respaldadas por los préstamos y créditos concedidos por el emisor al Estado, a las Comunidades Autónomas, y otros entes locales y organismos autónomos, así como otras entidades pertenecientes al Espacio Económico Europeo.

Cédulas de internacionalización

Son valores emitidos por las entidades de crédito cuyo capital e intereses están especialmente garantizados por los préstamos y créditos vinculados a la financiación de contratos de exportación de bienes y servicios españoles o a la internacionalización de las empresas residentes en España. En este caso será BBVA quien intente venderlas.

Valores de renta fija estructurados

Son aquellos cuya rentabilidad va unida a la evolución de acciones, índices, materias primas, divisas,... o a la de una ‘cesta’ de varios de estos productos económicos. La ‘montaña rusa’ en que se han convertido ‘los mercados’ –como la Bolsa o el AIAF- hacen que el riesgo de pérdidas sea elevado si no se es un inversor experto. Tratará de colocarlos Bankia.

Warrans

BBVA emitirá 3.000 millones de euros sólo en este producto. Un warrant es, según la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), “un producto negociable que incorpora el derecho de comprar o vender un activo -subyacente- a un precio  determinado”.

Quien adquiere un warrant tiene el derecho pero no la obligación de comprar o vender el subyacente en la fecha de vencimiento. Que el consumidor ejerza o no ese derecho dependerá de cuál sea en ese momento el precio del subyacente -precio de liquidación- en relación con el precio de ejercicio.

Existen dos tipos de warrants:

- Warrants de compra o ‘call warrant’: Otorgan al titular el derecho a comprar el activo subyacente al precio de ejercicio. Si el precio del subyacente -precio de liquidación- es superior al de ejercicio, el contrato se liquidará por abono al titular de la diferencia resultante.
- Warrants de venta o ‘put warrant’: El titular adquiere el derecho a vender el activo subyacente al precio de ejercicio. Si el precio de liquidación es inferior al de ejercicio, el contrato se liquidará abonando al titular la diferencia resultante.

En resumen, el warrant es una apuesta: El cliente apuesta ‘x’ dinero –precio del warrant- a que el activo en cuestión –subyacente- sobrepasa, en el caso del call warrant, cierto valor límite antes de la fecha de vencimiento. O bien baja de cierto valor, para el put warrant. Según se acerca la fecha de vencimiento pueden ocurrir dos cosas. Si la tendencia es optimista y el pronóstico apunta a cumplirse, los warrants son muy codiciados. Si no, pierden valor. Si se gana la apuesta, el cliente gana la diferencia entre el valor del subyacente y el valor límite, multiplicado por el número de warrants que haya adquirido. Si la pierde, quizá pierda todo lo invertido e, incluso, tenga que pagar todavía más dinero.

Los consumidores deben estar alerta

En definitiva: estamos ante una auténtica colección de productos tóxicos que pueden llegar a ser muy perjudiciales para su economía. Si usted, querido consumidor, recibe una oferta por parte de BBVA –o de cualquier otro banco- ofreciéndole estos u otros productos diferentes a los depósitos o que directamente no entienda, antes de firmar nada acuda a una asociación de consumidores especializada como es ADICAE.

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