Por Sandra Llinares
Diario Levante-EMV, 18/11/2013.
Un matrimonio demandante de
empleo que no puede hacer frente a la vivienda al alquiler de la vivienda en la
que reside. Tienen que irse de la casa tras reiterárselo la dueña por la deuda
que arrastran. Ella, embarazada de su primera hija, da a luz a una niña
prematura con problemas respiratorios. Él, que sabe hacer algunas chapuzas, se
encarga de localizar una casa vacía y de arreglar las luces, grifería y
recopilar algunos muebles con la ayuda de vecinos. Enero de 2013. La familia
decide que ese será su nuevo hogar.
En esta situación se encontraban
Félix y Rosa cuando una entidad financiera, propietaria del inmueble tras una
ejecución hipotecaria, denunció al matrimonio por la vía penal por la
ocupación. La causa fue instruida por delito de usurpación de vivienda por un
juzgado de Instrucción de Villena hasta llegar el juicio oral el pasado mes
junio. Durante la vista oral, celebrada en un juzgado de lo Penal de Alicante y
donde el acusado explicó al juez, Joaquín María Coromina, cómo transcurrió el
proceso de asentamiento en la vivienda, el fiscal rebajó la pena solicitada
para el matrimonio aunque mantuvo la acusación, por la que finalmente pidió
tres meses de multa a razón de dos euros diarios. La defensa, ejercida por la
letrada Clementina Sirera a través del turno de oficio, esgrimió al estado de
necesidad de la familia y pidió la libre absolución por los condicionantes de
este caso, donde se acreditó, según recoge la sentencia, que ambos acusados
eran demandantes de empleo (él desde agosto de 2010 y ella desde diciembre de
2012) y donde se aportó la documentación médica del bebé y las recomendaciones
de un facultativo que debía seguir la recién nacida, aquejada de anemia, apnea,
preclampsia materna e infección respiratoria superior.
El fallo plantea, por un lado, el
derecho del banco a su propiedad y a su goce y disfrute y, por otro, el de un
matrimonio sin trabajo y sin casa y con un bebé enfermo que debe vivir en unas
condiciones mínimas de salubridad. «Sin duda, a la vista de los documentos
médicos unidos a la causa, con el nacimiento del bebé con los problemas
expuestos, resultaba atendible con preferencia al derecho de la propiedad, la vida
e integridad física del prematuro, máxime teniendo en cuenta que aunque la
meritada vivienda tenía propietario como consecuencia de una ejecución
hipotecaria documentada en autos, la misma se hallaba vacía», argumenta el
fallo, al que ha tenido acceso este diario.
El magistrado apela, asimismo, al
«estado de necesidad» de la familia y al principio de libre valoración para
emitir un veredicto absolutorio contra ambos acusados al entender que el
matrimonio no tiene responsabilidad penal por ocupar la casa, sin perjuicio de
que en otras vías se puedan reclamar otros supuestos no penales. De hecho
Bankia, titular del inmueble, podría solicitar aún el desahucio judicial por la
vía civil.
Un «apaño» digno
«Yo le expliqué al juez en el juicio que los del banco tendrían que dar gracias de que estemos nosotros allí, porque he arreglado la luces y la grifería, he puesto escayola y unos muebles con ayuda de vecinos. Porque en esa casa se lo llevaron todo: cobre, puertas, manivelas... ¡Vamos! me tenía que hacer un apaño digno». Quien habla es Félix, que relata cómo se las tuvo que ingeniar junto a su mujer y una niña de camino que nació antes de lo previsto. «Yo me tenía que buscar la vida y la casa estaba vacía», añade sin tapujos. Por su parte, Cáritas les da leche y ayuda con los pañales.
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