Por Pablo Ferrer
Hispanidad.com,
02/03/2018.
La sanción impuesta el jueves por la CNMC a Santander, BBVA,
Caixabank y Sabadell por acordar previamente el precio de los derivados financieros
que ofrecían a sus clientes, con los que pactaban condiciones distintas,
concretamente, les especificaban que los contrataban en “condiciones de
mercado”.
La sanción de la CNMC asciende a 91 millones de euros en
total y se reparte así: Caixabank, 31,8 millones; Santander, 23,9; BBVA, 19,8 y
Sabadell, 15,5 millones.
No son cantidades preocupantes. Sí lo es en cambio, que la
sanción abra la puerta a la posibilidad de presentar recursos de revisión ante
el Supremo, tal y como ha anunciado que hará el despacho Navas & Cusí.
En otras palabras, según Juan Ignacio Navas, la Ley de
Enjuiciamiento Civil permite a los perjudicados con sentencia firme presentar
recurso de revisión ante el Supremo, “siempre y cuando la entidad bancaria
hubiera ganado injustamente en virtud de cohecho, violencia o maquinación
fraudulenta”.
Precisamente, el despacho entiende que en este caso, la
sanción de la CNMC acredita la maquinación fraudulenta.
“Competencia concluye que engañaron al cliente haciéndole
creer que el precio se establecía conforme a las condiciones de mercado”,
explica Navas.
Así, el despacho ha anunciado que presentará el recurso de
revisión para sus clientes y “todas aquellas personas que desgraciadamente
hubieran visto desestimado sus pretensiones en relación a la comercialización
de derivados financieros”.
Eso sí, Navas advierte que sólo podrán acceder aquellos cuya
sentencia firme no supere los 5 años desde la publicación de la sentencia.
En cualquier caso, no hay tiempo que perder: el plazo para
recurrir finaliza el próximo 13 de mayo, tres meses después de la publicación
del informe de la CNMC.
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