Por Marco Candela (Diputado
por Podemos en la Asamblea de Madrid).
Público.es, 15/11/2018
Pablo Iglesias ha usado la parábola del molinero prusiano
para ilustrar la grave desafección que vive la ciudadanía española con sus
jueces. El fallo definitivo del Tribunal Supremo sobre los impuestos a las
hipotecas ha sido un episodio más en una larga serie de decepciones que nuestra
alta judicatura le ha causado a la ciudadanía en general y a los clientes
hipotecarios en particular. Lo cierto es que, desde el estallido de la burbuja
financiera, ha sido en Europa y en particular en el Tribunal de Justicia de la
Unión Europea (TJUE) donde los españoles han visto más amparados sus derechos y
mejor defendidos sus intereses frente a las entidades financieras.
Cuenta la parábola que durante el reinado de Federico II de
Prusia vivía un humilde molinero cuyo molino se encontraba en lo alto de una
colina frente al palacio del rey. A éste le estorbaba sus vistas la presencia
del molino, así que ofreció al molinero comprárselo para luego derruirlo. El
molinero agradecía las sucesivas y crecientes ofertas del rey, pero se negaba a
dejar su molino, hasta producirle tal ira al monarca que éste le amenazó con
hacer valer su poder y obligarle a cederlo. El molinero le contestó que por muy
soberano que fuera, mientras hubiese jueces en Berlín no le podría obligar a
ceder su molino. La parábola sirve para ilustrar cómo los humildes, los de
abajo, sólo tienen la Ley y el Estado de Derecho como armas frente a los abusos
de los poderosos.
En la España reciente, el molinero prusiano podría ser por
ejemplo un trabajador de la construcción al que en los años de la burbuja
inmobiliaria le había ido de maravilla, había firmado confiado una hipoteca que
nadie le dijo que era abusiva, se había quedado en paro al estallar la burbuja,
había dejado de pagar la hipoteca y, tras el proceso de ejecución hipotecaria,
se había quedado sin casa y sometido al yugo de una deuda perpetua con el
banco.
Lo que es desolador y gravísimo en el caso de nuestro país
es que ese trabajador no podría haberle dicho al banquero que no le entregaría
su casa mientras hubiese jueces en Madrid; porque no los había. Ese trabajador
no podía apelar a los jueces españoles para defenderle del abuso del poderoso
banquero; porque los jueces españoles, en su inmensa mayoría, no estaban de su
lado. No era, además, cuestión de que la Ley no amparara al trabajador
hipotecado. La Ley sí le amparaba, pero la mayoría de los jueces lo obviaban.
Obviaban los jueces españoles que España es Estado miembro
de la Unión Europea, lo cual supone que el Derecho de la Unión Europea forma
parte de nuestro ordenamiento jurídico. Supone también que las leyes españolas
se han de interpretar por los jueces españoles teniendo en cuenta la
pertenencia de España a la Unión Europea; por ejemplo, en tanto en cuanto la
Unión es un mercado común cuyos principios rectores incluyen la defensa de los
consumidores como actores débiles del mercado, frente a los actores poderosos
como pueden ser las grandes empresas o los bancos.
Ese principio rector de protección al consumidor es el que
manda, por ejemplo, que un proceso de ejecución hipotecaria se paralice si se
detectan cláusulas abusivas en la hipoteca. Pues resulta que en España, hasta
el año 2013, los jueces españoles ejecutaban las hipotecas en cuanto se lo
pedían los bancos al observar impagos y sin mirar siquiera si existían
cláusulas abusivas en el contrato. Tuvo que ser el TJUE quien les dijera a los jueces
españoles que si hacían así las cosas estaban vulnerando los derechos de esos
clientes hipotecarios como consumidores amparados por el Derecho europeo. Tras
esa sentencia hubo que reformar las leyes españolas para adecuarlas a las
europeas.
Tres años más tarde volvió a ocurrir. Nuestro Tribunal
Supremo sentenció que lo pagado de más debido a la cláusula suelo se podía
reclamar sólo a partir de 2013, cuando el propio Supremo había declarado
abusiva esa cláusula. El TJUE corrigió al Supremo y dijo que se debía poder
reclamar íntegramente todo lo pagado de más por la cláusula suelo; es decir,
desde la firma de la hipoteca.
A día de hoy, está pendiente la mayor impugnación del
sistema hipotecario español ante la justicia europea: aquella que apunta al vencimiento
anticipado, esto es, a la capacidad del banco de ejecutar la totalidad de la
hipoteca con tan sólo tres impagos de la cuota. Es decir, que la justicia
europea podría declarar ilegal la clave de bóveda del sistema de ejecución
hipotecaria en España, aquella que deja la escalofriante cifra de 700.000
procedimientos iniciados desde que estalló la burbuja en el 2008.
El reciente vaivén del Tribunal Supremo con los impuestos a
las hipotecas ha evidenciado con especial descaro los hilos de titiritero que
las entidades financieras tienen sobre nuestras instituciones; también sobre
elementos de nuestra alta judicatura en este caso. Una vez más, los afectados
por la hipoteca en España tendrán que mirar a Europa para hacer valer sus
derechos y que se defiendan sus intereses como parte débil frente al banco,
como lo era el molinero prusiano frente al rey. Tendrán que seguir confiando en
que sólo se hará justicia mientras haya jueces en Europa.
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