Por Julia Pérez
Público.es, 12/03/2014.
Los directivos que llevaron a la
quiebra a Catalunya Caixa recibirán una indemnización de millonaria porque la
entidad y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) desistieron
y renunciaron expresamente a defender y aportar pruebas para despedirlos.
Así se desprende de la sentencia
dictada por el titular del Juzgado de lo Social número 8 de
Barcelona, Francisco Leal Peralvo, quien declara improcedente los
despidos del presidente y el Consejero Delegado de la antigua Catalunya Caixa,
Adolf Todó y Jaume Masana, y reconoce una indemnización para cada uno de ellos
de 600.000 euros.
El magistrado señala en la
sentencia en varias ocasiones que la entidad y el Frob no
defendieron los despidos de Todó y Masana en el juicio: renunciaron a
interrogar a los banqueros, no aportaron ningún informe pericial para
defender los despidos y presentaron meras fotocopias sin firmas en lugar de
los documentos originales. Esta interpretación fue adelantada en Twitter
por el abogado laboralista Fabián Valero.
La sentencia deja
entrever en varias ocasiones que ni el banco ni el Frob tenían intención de
defender ambos despidos en el juicio.
La resolución recoge la
jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo y la doctrina, que exige
a la parte demandada la responsabilidad de aportar las pruebas en un proceso de
despido.
Esto es, corresponde a la empresa
demandada acreditar las causas de un despido, causas que incluye en la carta a
despido. De tal forma que el juzgado "no puede modificar ni
precisar" la causa, ni tampoco rebasar lo que se pide o alterar la
acción de lo que se ejercita.
El fundamento de derecho quinto
de la sentencia es demoledor: "La dirección jurídica de la entidad
demandada desiste y renuncia expresamente a la defensa de los hechos obrantes
en la carta de despido", a excepción de dos puntos que, además,
adolecen de la concreción necesaria para poder enjuiciar su procedencia.
La dirección jurídica del banco
demandado propuso una serie de pruebas: interrogatorio judicial, documentos y
la declaración de un testigo. "Posteriormente desiste del
interrogatorio judicial antes de iniciarse su práctica", remacha la
sentencia.
Unos párrafos más adelante, la
resolución sostiene que tampoco se propone "ni se practica prueba
pericial técnica que concluya" la irracionalidad, imprudencia o
incumplimiento de cualquier norma de conducta profesional "tampoco concretamente
determinada en las cartas de despido".
Las cartas de despido, en los
puntos analizados, carecen de hechos concretos y determinados sobre los que
basar los despidos. Más adelante, la sentencia sostiene que no se llamó a
juicio a ningún representante de los trabajadores para confirmar alguno de
los extremos que se sostienen en las cartas de despido. "Tampoco se
somete documento alguno a contraste de los testigos y en su caso de los
actores en el interrogatorio judicial no solicitado".
El juez reconoce al presidente y
al consejero delegado de la antigua Catalunya Caixa, Adolf Todó y Jaume Masana,
una indemnización de 600.000 euros a cada uno. Ese dinero, en total 1,2
millones de euros, saldrá del banco intervenido, de confirmarse esta sentencia.
La carta de despido del Frob
acusaba a ambos de incumplimiento grave y culpable de sus funciones, así como
de actuación desleal para provocar su salida forzada del banco. Ambos
mantuvieron "un posicionamiento contrario al interés del Banco, cuya
principal motivación no puede ser sino una pretensión permanente de protegerse
personalmente".
La carta les acusaba
implícitamente de ayudar a potenciales compradores del banco a bajar su oferta
al Estado, para procurar la venta "a cualquier precio y condición".
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