Por José Antonio
Bravo
Hoy.es,
27/01/2019.
La lucha contra el blanqueo de capitales no se frena, aunque
avanza a ritmo desigual y, lo que es peor, se generan dudas sobre su
efectividad real tanto en España como a nivel comunitario en la UE. La primera
en señalarlo ha sido la propia Comisión, que por boca de su vicepresidente y a
la vez responsable de Servicios Financieros y Unión de los Mercados de
Capitales, Valdis Dombrovskis, ha reconocido que esa supervisión «ha fracasado
en demasiadas ocasiones en Europa».
Por eso, el gabinete comunitario presidido por Jean-Claude
Juncker decidió en septiembre reforzar las competencias en esa materia de la
Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) y el martes pasado
obtuvo el refrendo de los ministros de Economía y Finanzas de la Unión. Ahora
comenzarán las negociaciones con la Eurocámara para tratar de alcanzar un
acuerdo definitivo antes de que acabe esta legislatura en Estrasburgo, a
finales de abril.
El nuevo reglamento modificado de la EBA incluye media
docena de cambios. El principal es que podrá solicitar a los supervisores
nacionales encargados de la lucha contra el blanqueo «que investiguen las
posibles infracciones sustanciales», e incluso «exigirles que estudien medidas
selectivas», por ejemplo, sanciones. Y si entiende que no cooperan
«adecuadamente·, puede «como último recurso» llegar a «dictar decisiones
directamente a los agentes del sector financiero», esto es, ordenar a los
bancos lo que considere.
Asimismo, la Autoridad Bancaria Europea realizará exámenes
periódicos de los supervisores nacionales y hará «evaluaciones de riesgo», al
tiempo que facilitará la recopilación de información y «fomentará su
intercambio», lo que incluye la cooperación con países que no pertenezcan a la
UE. Para todo ello se creará un nuevo comité permanente, que irá revisando su cumplimiento.
La EBA, llegado el caso, podría reclamar a las autoridades
de un país mayor efectividad en algún aspecto. España, por ejemplo, ha sido
señalada junto otros 17 Estados miembros en un informe preliminar del
Parlamento Europeo sobre los permisos de residencia concedidos a ciudadanos
extranjeros por comprar viviendas de lujo en sus territorios, al estimar que
pueden suponer «riesgos significativos» en materia de blanqueo. Al menos 5.000
personas de terceros países han pasado a vivir permanentemente en la UE gracias
a esas «inversiones significativas»: en el caso español, más de medio millón de
euros en inmuebles cada uno.
El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del
Blanqueo de Capitales (Sepblac) sería el encargado de verificar que no se está
realizando un lavado de dinero de procedencia ilícita con esas operaciones.
Pero la información, tras las últimas modificaciones legales precisamente en
cumplimiento de la IV Directiva comunitaria -relativa a la prevención del
blanqueo y la financiación del terrorismo-, debería llegarle de los nuevos
sujetos obligados.
No conocer al cliente
Y entre estos figuran más de una quincena de profesiones,
amén de las entidades financieras. Los promotores inmobiliarios y las agencias
del sector son algunos, pero el Sepblac -autoridad supervisora aunque se
integra en el Ministerio de Economía y su personal, además de sus cuentas,
dependen del Banco de España- se queja de que hacen un análisis «inadecuado»
del origen de los fondos usados en las compraventas de las casas, además de
«adolecer de falta de conocimiento del cliente».
Una crítica parecida realiza en su última memoria anual a la
banca, al señalar «la dificultad para identificar indicios claros de blanqueo
de capitales en un número considerable de comunicaciones por indicios»
realizadas desde algunas entidades de crédito -no concreta nombres-. Y les
reprocha que, «en ciertos casos, hubiera resultado factible demostrar la
ausencia de vinculación de la operativa con una actividad delictiva habiendo
profundizado en su análisis». Por eso les recuerda su «obligación legal» de que
los avisos que le mandan «vengan precedidos de un proceso estructurado de
examen especial», donde se estudie todo el dispositivo, desde los
intervinientes a la información «relevante».
También censura a algunas entidades bancarias por «reiterar»
un número «significativo» de avisos que se referían a operaciones «bien
conocidas y comunicadas desde hacía años», operativas que ya se «deberían haber
evitado mediante una correcta aplicación de medidas preventivas y de la
diligencia debida».
El Sepblac, además, apunta a los abogados, en este caso por
su «bajo número de comunicaciones», un porcentaje «mínimo» en un colectivo
profesional «muy amplio» y con «riesgo potencial elevado» cuando hace funciones
diferentes a la defensa letrada. Una crítica similar hace de auditores
contables y asesores fiscales.
Sí destaca, por el contrario, las aportaciones de notarios y
registradores de la propiedad, autores de casi seis de cada 10 avisos. Los
primeros respondieron en 2017 a 20.000 solicitudes de información de las
autoridades sobre esos delitos, mientras los segundos han aflorado 5.000
sociedades interpuestas y testaferros que invierten en empresas españolas.
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