Público.es, 28/08/2018.
El Banco de España ha sancionado con 485.000 euros a Banco
Santander por incumplir sus obligaciones de protección de deudores hipotecarios
sin recursos, según ha informado el organismo.
Se trata de una multa dictaminada por el Consejo de Gobierno
del Banco de España en octubre de 2017, después de aprobar el expediente
disciplinario incoado por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del organismo en
diciembre de 2016.
La multa, que entonces fue recurrida por la entidad, se ha
hecho ahora firme al resolverse el recurso en la vía administrativa, si bien se
encuentra recurrida en vía judicial.
El Banco de España impuso esta multa al Banco Santander por
incumplimiento de las obligaciones legales establecidas en la normativa de
protección de deudores hipotecarios sin recursos, en lo relativo a la
obligatoriedad de aplicar las medidas del Código de Buenas Prácticas desde que
el cliente acredita encontrarse en una determinada situación económica de
dificultad.
Según el supervisor, el banco presidido por Ana Botín habría
incurrido en una infracción grave tipificada en el artículo 15 del Real
Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores
hipotecarios sin recursos, que consiste en incumplir las obligaciones de la
entidad de aplicar las previsiones del Código de Buenas Prácticas desde que el
deudor acredita que se encuentra dentro del umbral de exclusión.
Disponible en:
No hay comentarios:
Publicar un comentario