Por Beatriz Fernández
Olit
Contexto.es, 08/08/2018.
¿Por qué son los
servicios financieros importantes para la integración social?
Vivimos en economías altamente bancarizadas donde la falta
de acceso a los servicios financieros supone una barrera para la inclusión
social de las personas: domiciliar un recibo, alquilar una vivienda, comprar
online, recibir una pensión…, dejan de ser operaciones sencillas cuando no se
dispone de una cuenta, o incluso, de una tarjeta bancaria. Diferentes
tipologías de banca social (cajas de ahorro, cooperativas de crédito,
instituciones microfinancieras…) surgieron tras identificar barreras que
impedían el acceso financiero y el pleno desarrollo de las economías domésticas
y de empresas más modestas o rurales. Estas entidades fueron favorables a la
adaptación de productos y servicios para colectivos social y económicamente
vulnerables, que requerían mayor asesoramiento y afrontaban mayores riesgos.
Sin embargo, en los países más desarrollados la banca social
ha ido perdiendo relevancia a favor de un modelo basado en la minería de datos
(data-mining) que segmenta a los clientes en función de su rentabilidad, lo que
implica procesos de discriminación de las personas con un perfil menos
favorable. Un ejemplo de esta discriminación es la reducción más intensa de la
red de sucursales, y por tanto del asesoramiento bancario personalizado, en
aquellas comunidades desfavorecidas. Esto se ha analizado y demostrado en
países como el Reino Unido, donde se presta una intensa atención a los procesos
de exclusión financiera. El escenario post-crisis ha cambiado: la atención ya
no se focaliza en el acceso físico a los servicios bancarios –es decir, en que
los usuarios dispongan o no de una sucursal cercana–, sino en parámetros que
miden la extensión de su uso, como los que propone el Global Findex, publicado
por el Banco Mundial: porcentaje de población que dispone de cuentas bancarias,
tarjetas o, incluso, que utiliza aplicaciones de banca móvil.
En países altamente bancarizados como España, a priori no
parece que haya un problema de acceso básico a los servicios bancarios, pero
cabe preguntarse si existen dificultades de uso de dichos servicios: la cara
oculta de la exclusión financiera. Según Gloukoviezoff (2007), el término
dificultades de uso bancario refiere al “desequilibrio entre el modo de venta o
las características de los servicios financieros y las necesidades reales de
las personas”. En España existe ‘infrabancarización’, es decir, un gran número
de personas acceden a una cuenta bancaria, pero con alto coste, baja calidad de
atención al cliente e importantes dificultades y restricciones ante la
utilización de servicios más sofisticados. Esta es una problemática mucho más
compleja y oculta que la ‘no-bancarización’. La ‘no-bancarización’, al ser un
fenómeno poco frecuente en España (6% de los hogares), apenas se ha estudiado,
pese a la repercusión que puede tener para la integración social de las
personas que la sufren.
Actualmente se tiende a trasladar una notable carga de
responsabilidad hacia el consumidor: se le presuponen un dominio de las nuevas
tecnologías y un nivel de educación financiera suficientes para poder
desenvolverse en el mercado bancario minorista. Sin embargo, para el consumidor
medio, los factores psicológicos definen el comportamiento financiero en mayor
medida que los conocimientos (De Meza et al, 2008). En el caso de los
consumidores vulnerables el asesoramiento neutral de expertos resulta aún más
relevante para evitar situaciones perniciosas, como el sobreendeudamiento. La
educación financiera no ha mostrado ser suficientemente efectiva, ni siquiera
combinada con capacitación tecnológica. Así, la atención provista por las
sucursales bancarias muestra su importancia, siempre y cuando se demuestre
neutral y respete los derechos de los consumidores.
¿Existe
discriminación en la prestación de servicios bancarios hacia los colectivos más
vulnerables?
Con la restructuración del sector bancario español, la red
de sucursales se redujo en casi un 40% entre 2008 y 2017. El análisis
territorial de la exclusión financiera, desarrollado en diferentes países
occidentales desde los años 70, ha demostrado la existencia de discriminación
bancaria en territorios demográfica, económica y socialmente desfavorecidos. El
cierre de sucursales implica la reubicación de los clientes afectados, una peor
atención al cliente en las sucursales sobresaturadas y la promoción de canales
electrónicos de transacción, lo que afecta particularmente a las personas con
menor cultura financiera. Además, se pierden recursos de información blanda -
la derivada de las relaciones interpersonales- útil para la evaluación de
riesgo y el ajuste del coste en el crédito dirigido a los clientes de menores
recursos, pasando el peso de la decisión a bases de datos. Este hecho puede
restringir sus opciones de crédito bancario y favorecer que recurran a otras
plataformas de préstamo como los créditos rápidos, lo que ha derivado en
gravísimas situaciones de endeudamiento en países como Estados Unidos.
La crisis económica ha aumentado la desigualdad social y la
heterogeneidad de la población vulnerable en España: dos tercios de la
población española se encontraban en situación de exclusión social o de
integración precaria según el último “Informe sobre exclusión y desarrollo
social en España” de la Fundación Foessa (2014). Desde entonces, la situación
ha empeorado, pues tasa de riesgo de pobreza y exclusión social (AROPE) y los
principales indicadores de desigualdad se encontraban en 2017 en niveles
superiores a los del año 2013. La tasa de riesgo de pobreza relativa está
también en su nivel más alto desde el 2008 (Fundación Foessa, 2017). El aumento
de la desigualdad se ha mostrado con mayor agudeza en grandes ciudades y en áreas
suburbanas, donde las tasas de exclusión social han alcanzado niveles de alto
desequilibrio.
Si se analiza no sólo el cuánto, sino también el cómo,
podemos hablar de mayores tasas de reducción de sucursales en aquellos
territorios de mayor vulnerabilidad socioeconómica (de la Cuesta et al, 2016;
Fernández- Olit, 2015), caracterizados por la presencia de población
inmigrante, población más joven y bajo dinamismo turístico y económico del
territorio. Asimismo, la mayor saturación de las sucursales bancarias (definida
como número de habitantes por sucursal en un determinado territorio, una
aproximación de la menor calidad de la atención personalizada) se encuentra
también en zonas con las mencionadas características de vulnerabilidad
socioeconómica, además de con una mayor presencia de hogares monoparentales, y
una depreciación de la vivienda más intensa, mostrándose como una circunstancia
propia de las zonas socialmente más vulnerables. Los gráficos 1 y 2 muestran la
situación concreta del área metropolitana de Madrid.
Las imperfectas
soluciones ante la discriminación bancaria
El impacto que la crisis ha ejercido sobre los colectivos
socialmente vulnerables ha sido intenso: un 3% ha perdido su casa por impago de
la hipoteca, un 9,5% se ha visto afectado por la morosidad, el 9% ha tenido que
cerrar su cuenta bancaria, y un 25% ha visto subir las comisiones aplicadas y
ajustar a la baja las bonificaciones (Fernández Olit, 2015). Sin embargo, el
proceso de reducción de la red de sucursales, que ha mostrado efectos más
negativos en las zonas deprimidas, no es percibido como una barrera de
importancia para el acceso a los servicios bancarios: apenas un 5,9% de
personas indican que han de trasladarse de barrio o localidad para acceder a
otra sucursal, tras el cierre de la suya. Aun así, se evidencia que el servicio
en las sucursales bancarias no es adecuado para las personas en riesgo de
exclusión social, pues los niveles de confianza y de capacidad para entender el
lenguaje bancario son limitados. También la tecnología se muestra como una
barrera para las personas vulnerables.
Estos resultados plantean la necesidad de potenciar la
protección del consumidor y distinguir entre sus diferentes niveles de vulnerabilidad
en el mercado bancario, para evitar que la exclusión y la discriminación
financiera agudicen la ya grave situación de exclusión social y los problemas
de integración de buena parte de la población en España.
La Directiva Europea de Cuentas de Pago 2014/92/UE defiende
el derecho de acceso “a cuentas de pago básicas con independencia de las
circunstancias financieras del consumidor, como su situación laboral, nivel de
renta, historial crediticio o insolvencia”. Explicita que el uso de estas cuentas
básicas no debe suponer una estigmatización para los consumidores e insta a que
las entidades de crédito ofrezcan “formación financiera e independiente”
dirigida a clientes vulnerables, a los que también se les debería ofrecer otras
herramientas de “asesoramiento y asistencia para una gestión responsable de sus
finanzas”.
El Real Decreto-ley
19/2017, de 24 de noviembre, de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas de
pago y comparabilidad de comisiones transpone esta directiva a España, pero no
regula las condiciones específicas de las mismas. Está en manos del Ministerio
de Economía regular el coste máximo anual: hasta el momento se ha barajado
limitar el coste de 80 € anuales en comisiones, muy lejos de la gratuidad de
estas cuentas en, por ejemplo, el Reino Unido o Francia. Lo cierto es que la
oferta de cuentas básicas existente en la actualidad planea sobre este coste
máximo – no muy razonable para bajas rentas -. Sería interesante que los bancos
que comienzan a ofrecerlas se planteen también ser transparentes sobre su
distribución: ¿cuántas personas están recurriendo a ellas? ¿En qué distritos y
poblaciones? ¿Están preparados los trabajadores de las sucursales para valorar
la conveniencia de ofrecerlas? Y también parece recomendable que desde el Banco
de España se planteen medir el impacto de esta medida: ¿está realmente
favoreciendo la integración social y financiera de la población? ¿Está
respondiendo a necesidades reales, o se está limitando a cumplir sobre el papel
con las obligaciones que requiere la Comisión Europea? A fin de cuentas, y más
allá del análisis que se está haciendo desde la academia y las organizaciones
sociales, se trata de saber si hay alguien más al otro lado del espejo; si
realmente los reguladores y el sector bancario en España se están preocupando
de evaluar y evitar las desigualdades crecientes en el uso de servicios
bancarios; o si, simplemente, su atención está absorbida por llevar a término
el proceso de digitalización bancaria, sin tener en cuenta sus impactos
sociales. Finalmente, ¿es ésta la evolución de los servicios financieros que la
ciudadanía desea?
REFERENCIAS
- BOE (2017). Real Decreto-ley 19/2017, de 24 de noviembre,
de cuentas de pago básicas, traslado de cuentas de pago y comparabilidad de
comisiones.
- De la Cuesta, M., Ruza, C., y Fernández Olit, B. (2016). “Banking System and Financial
Exclusion: towards a more comprehensive approach”. En Liquidity Risk,
Efficiency and New Bank Business Models, Palgrave. ISBN
978-3-319-30818-0.
- De Meza, D., Irlenbusch, B., y Reyniers, D. (2008).
Financial capability: A behavioural economics perspective. Financial Services
Authority, Londres.
- Fernández Olit, B. (2015): Tendencias de la exclusión
financiera: Efectos de la transformación del sector bancario español. UNED. Tesis doctoral
- Fundación Foessa (2014). VII Informe sobre exclusión y
desarrollo social en España 2014. Madrid: Fundación Foessa y Cáritas Española.
- Fundación Foessa (2017). Desprotección Social y
Estrategias Familiares. Análisis y perspectivas 2017. Madrid: Fundación Foessa
y Cáritas Española.
- French S., Leyshon A., Meek S. (2013). The changing geography of British bank and
building society branch networks, 2003-2012. University of Nottingham Working
Paper.
- Gloukoviezoff,
G. (2007). From financial exclusion to overindebtedness: The paradox of
difficulties for people on low incomes? New frontiers in banking services
(pp. 213-245). Springer.
- Unión Europea (2014). Directiva 2014/92/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 sobre la comparabilidad de las
comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado de cuentas de pago y el
acceso a cuentas de pago básicas, Diario Oficial de la Unión Europea,28 de
Agosto de 2014.
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