jueves, 18 de septiembre de 2014

La Audiencia Nacional aprecia "indicios de criminalidad" en Blesa por idear las preferentes


Por Pedro Águeda
El Diario.es, 17/09/2014.

El juez Fernando Andreu aprecia “indicios de criminalidad” en la actuación del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa y la cúpula de la entidad con las preferentes. La afirmación está recogida en el auto por el que el instructor decide incorporar parte de los correos de Blesa a la causa que investiga la comercialización de las preferentes. El juez adopta esta decisión, entre otras cosas, porque dice que tiene “datos” que apuntan a que la cúpula de Caja Madrid sabía que la entidad tenía un agujero patrimonial y sospecha que las preferentes fueron lanzadas para obtener recapitalización, a pesar del peligro que suponían para clientes minoristas sin conocimientos financieros.

La aseveración del juez se produce catorce meses después que comenzara a investigar el proceso de creación de las preferentes y tras las declaración el pasado julio de  una larga lista de protagonistas del caso entre los que se encontraba el que fue número dos del expresidente de Caja Madrid, Matías Amat. El propio Blesa fue interrogado en marzo y negó que Caja Madrid tuviera un problema de capitalización cuando se emitieron las preferentes. 

La defensa de Blesa había solicitado que no se incorporaran los correos de Blesa porque se trataba de una prueba declarada nula por la Audiencia de Madrid, que dejó sin efecto toda la instrucción del juez Elpidio Silva al exbanquero. También alegaba que no había indicios de criminalidad que justificaran una medida que limita el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones. Andreu, que citó a declarar a Blesa como “querellado”, dice ahora que si no hubiera indicios de criminalidad contra el exbanquero, éste no estaría “imputado”.

En este sentido, Andreu asegura: “Es objeto de la presente causa el determinar si, para hacer frente a dicha situación, tomaron decisiones en perjuicio de sus clientes, con conocimiento del perjuicio que se les podría ocasionar mediante la comercialización masiva y al minorista de un producto no recomendado ni adecuado para el perfil de tales consumidores, a quienes se les ocultaría la naturaleza del mismo, así como la verdadera situación en que la entidad se encontraba, de tal forma que la entidad se recapitalizaría a costa de sus clientes, y previa una actuación urdida con conocimiento del perjuicio que, inevitablemente, se les vendría a ocasionar”.

Disponible en:

No hay comentarios:

Publicar un comentario