Por Miguel Alba
Vozpópuli, 07/02/204.
Preferentes, deuda subordinada,
cláusulas suelo... El catálogo de productos tóxicos de la banca española puede
incrementarse si la primera sentencia judicial contra la mala comercialización
de un fondo de inversión crea tendencia. El fallo, al que ha tenido acceso
Vozpópuli, obliga a Caixabank a devolver 7.078,89 euros a
un cliente que creyó haber contratado un fondo de inversión garantizado cuando,
en realidad, invirtió en un fondo con objetivo de rentabilidad, que no
garantiza ni el capital ni los intereses. Esta es la primera vez que se tiene
constancia que un tribunal obliga a devolver las pérdidas a un partícipe de un
fondo de inversión corriente.
La sentencia sentará, sin duda,
jurisprudencia en las futuras reclamaciones de un producto sobre el que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) lleva advirtiendo durante
meses por el creciente trasvase de pasivo minorista desde los
tradicionales depósitos. De hecho, los fondos de inversión con rentabilidad
objetiva pero no garantizada se convirtieron en los instrumentos de inversión
que más crecieron en el primer semestre del pasado año. La tendencia sigue este ejercicio. Por este motivo, la
institución presidida por Elvira Rodríguez exigió incrementar
la información en determinados fondos de inversión, especialmente en estos
productos, que pueden llamar a la confusión porque parece que aseguran el
capital, pero no lo hacen. Y, además impone más exigencias de información en la
Documentación Fundamental para el Inversor (DFI).
El organismo que preside Elvira
Rodríguez ha impuesto que estos productos dejen claro mediante
advertencias a la hora de ser vendidos que no garantizan ni capital ni
rentabilidad. Todo esto forma parte de la llamada “supervisión temprana” de la
CNMV, que busca prevenir antes que curar.
El fallo judicial explica que en
el contrato del producto (Fondo de Inversión Foncaixa Objetivo junio de
2012) únicamente consta que "se trata de un fondo de inversión de
renta fija a largo termino con un objetivo de rentabilidad no garantizado. Es
decir, que se trata de un fondo en el que la rentabilidad no se garantiza, pero
de esta mención en modo alguno se deduce que el capital no esté absolutamente
garantizado".
Al igual que ha sucedido con los
fallos favorables a los afectados por las preferentes o deuda subordinada, el
titular del Juzgado de Primera Instancia número 46 de Barcelona
considera que ha existido mala comercialización por parte de la entidad al vender
el producto a un cliente minorista con un perfil inversor claramente
conservador. Según consta en la demanda, el cliente no realizó
ningún test de conveniencia. "La información se le dio en el
despacho del director de la oficina, donde se le hizo entrega del folleto, que
no pudo leer en ese acto", continúa el texto. Entre la información y la
contratación apenas transcurrieron 24 horas.
El afectado, de 64 años
de edad y con una incapacidad permanente total del 75%, cliente de La Caixa
desde 1970, comenzó a tener imposiciones a plazo desde 1990. Sin
embargo, no fue hasta 2004 cuando empezó a invertir en fondos por plazos de
tres años, en los que se garantizaban capital e intereses. En 2009,
invirtió 18.426 euros en Foncaixa Objetivo junio de 2012 que al ser liquidado,
tres años más tarde, registró una pérdida del 39,59%. Su inversión así
quedó reducida a 11.374,89 euros, produciéndole unas pérdidas de 7.051,31
euros.
Un fondo de rentabilidad objetiva
como el de esta sentencia compra una cartera de deuda con un determinado
vencimiento y calcula su rendimiento para esa fecha. Su riesgo principal reside
en que si falla un emisor de dicha cartera (por suspensión de pagos o porque le
apliquen una quita, como ocurrió con Grecia), esa rentabilidad baja y entonces,
no hay garantía externa de capital que la compense. El motivo es que los bajos
tipos de interés no lo permiten ya. Hasta entonces, un fondo garantizado
consistía, básicamente, en que la gestora construía esa cartera pero, además,
contrataba un derivado que actuaba de seguro en caso de fallido. El coste de
dicho derivado iba contra el margen del fondo, pero ahora, con la deuda a largo
plazo por debajo del 4%, la gestora no tiene capacidad de contratar dicho
seguro.
Los fondos de rentabilidad son
fácilmente confundidos con un garantizado, pero no tienen ese seguro. Algunos
expertos ya han avisado que "hoy, resulta imposible fabricar un garantizado".
Lleno de Grecia
El fondo en cuestión
tenía una gran inversión en Grecia. El mayor peso de los bonos griegos (31%),
afectados por la quita que sufrió la deuda del país helénico como consecuencia
del rescate al país, resultó decisivo en las cuantiosas pérdidas del producto,
que contaba con poco más de 100 partícipes y que exigía una inversión mínima de
6.000 euros. Así, en 2011, último año del producto, la
rentabilidad fue de un -29,69%. Además de los títulos helénicos, la composición
del fondo tenía una cesta de segregada entre bonos de Unicaja Banco (23,17%),
bonos de Andalucía (29,14%), deuda soberana española (11,19%) y portuguesa
(2,18%).
"Entre la clientela
tradicional, conocedora de los productos típicamente bancarios que han venido
siendo comercializados tradicionalmente por las entidades bancarias de nuestro
país, resulta lógicamente difícil de comprender el alcance económico que en
determinadas circunstancias pueden tener los mercados", asegura el fallo.
"Es por ello que las entidades, que son las que diseñan los productos y
las que los ofrecen a su clientela, deben realizar un esfuerzo adicional, tanto
mayor cuanto menor sea el nivel de formación financiera de su cliente, a fin de
que comprenda, con ejemplos sencillos, el alcance de su decisión, y estime si
ésta es adecuada o si se le va a poner en una situación de riesgo no
deseada".
La CNMV lleva tiempo
supervisando el trasvase de dinero desde depósitos desde principios de 2012,
una vez que el Banco de España ‘recomendó’ a las entidades bancarias
nacionalizadas no aplicar extra tipos en sus cuentas. En cuanto se
conoció esa inevitable caída de la remuneración a los depósitos, se detectó una
fuga de capital hacia la inversión colectiva.
Además, también está teniendo lugar un proceso de vencimiento de fondos Garantizados, que son reconvertidos en productos con objetivo de rentabilidad. Parecen lo mismo, pero no lo son en absoluto.
El regulador está supervisando un
proceso en el que el dinero de muchos ahorradores sale de un entorno con el
soporte del Fondo de Garantía de Depósitos y sin fluctuaciones de mercado, al
de unos fondos que parecen ofrecer garantía de capital, pero en realidad no la
tiene.
Bueno para el banco, no tanto para el cliente
Con este trasvase, las entidades
financieras protegen sus intereses, manteniendo un dinero que pasa de los
depósitos a sus propios fondos de inversión. Ese capital sale de balance, pero
a cambio genera comisiones mucho más interesantes para los bancos. Así,
mientras la entidad se beneficia, el partícipe queda algo más desprotegido,
pasando a un producto que puede generarle pérdidas.
En estos casos, la DFI deberá
incluir expresamente advertencias como “Este fondo no tiene garantía de un
tercero por lo que ni el capital ni la rentabilidad están garantizados”, o en
las renovaciones en las que un Garantizado pasa a ser reconvertido en un
instrumento con objetivo de rentabilidad que el producto en cuestión “deja de
estar garantizado”.
La actuación del supervisor de mercados ha ido muy en paralelo con Inverco, la asociación de gestoras de fondos de inversión y pensiones y pretende incluir todas las alertas posibles en instrumentos financieros de venta masiva.
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