viernes, 31 de enero de 2014

Primarás a los bancos sobre todas las cosas


Por Pablo Fraile
Andaluces.es, 30/01/2014.

Invade competencias estatales, derechos constitucionales y es una amenaza para la economía del país. Son algunos de los argumentos que esgrime el Gobierno en su recurso contra la ley antidesahucios de Andalucía. La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía hizo ayer público el texto que el Ejecutivo presentó ante el Constitucional el 18 de diciembre, notificado a la Consejería el pasado día 22. Aunque el Tribunal no ha valorado aún si la norma choca o no con la Carta Magna, la aplicación de los artículos recurridos ha quedado suspendida cautelarmente. En el aire, el futuro de 37 familias en riesgo de exclusión que ya habían conseguido iniciar el expediente de expropiación.  Estas son algunas de las claves de un recurso que consagra la estabilidad del sistema bacario sobre todas las cosas.

RIESGO PARA LA ECONOMÍA

El Gobierno de Rajoy ha puesto la diana en cuatro puntos que constituyen el armazón de la norma andaluza: la regulación del derecho de propiedad, la declaración de vivienda deshabitada, el régimen de sanciones asociado a esa definición y la expropiación temporal del uso para familias en riesgo de exclusión pendientes de un lanzamiento. Todos, dice el Gobierno, son inconstitucionales.

El Estado tiene competencia exclusiva sobre las bases y la coordinación de la planificación general de la actividad económica (Art. 149.1.13 CE)

El recurso conjuga la competencia del Estado en materia económica con el argumento que ha abanderado la oposición del Gobierno a la norma: es un riesgo para la economía española y su recuperación. “Las medidas autonómicas aquí impugnadas tienen la virtualidad de poner en verdadero peligro una de las líneas más esenciales de actuación en materia de política económica abordadas por el Estado: la reestructuración del sistema financiero y la consecución de la estabilidad de las entidades de crédito”. Se trata, argumenta, de una condición fundamental para reducir la prima de riesgo y volver a crecer.

El Ejecutivo adjunta varios documentos para reforzar sus argumentos. Así, incluye informes del Banco de España para justificar la gravedad de la crisis,  ”que probablemente solo tenga parangón con la de 1929″ o la carta enviada por la Comisión Europea a raíz de la aprobación del decreto. En la misiva, la institución señalaba su preocupación por la “inseguridad” que generaban las medidas andaluzas en el sector inmobiliario e hipotecario español -escrito que, por cierto, levantó las suspicacias de la Junta al temer que la visión de la Comisión estuviese condicionada por la versión del Gobierno-.  También hay sitio para el memorándum suscrito con la Troika, por el que España tiene obligación de solicitar asesoramiento técnico a las partes implicadas (FMI, BCE y CE) “sobre cualquier política no incluida que pueda tener un impacto material en la consecución de los objetivos del programa”.

Las luces de alarma que se encendieron en La Moncloa, sin embargo, no parecen haber tenido reflejo en el mercado de deuda. El 11 de abril de 2013, día que entró en vigor el decreto antidesahucios andaluz, la prima de riesgo española se situaba en 336 puntos básicos; el 9 de octubre, día que se publicó la norma ahora recurrida en el BOJA, en 251 puntos y el pasado 16 de enero, día que el Constitucional admitió a trámite el recurso, en 196. Tampoco han impedido que una de las figuras más representativas del sistema financiero español, Emilio Botín, haya concedido un préstamo de 500 millones de euros a la Junta de Andalucía.

Las consecuencias que la ley tendría sobre la Sareb (el banco malo creado para depurar los activos tóxicos inmobiliarios del mercado) centran buena parte de la argumentación. El Gobierno lanza un aviso para navegantes: si la reestructuración del sistema financiero sale mal, los contribuyentes lo acabarán pagando. ”El coste que para Estado y el contribuyente tenga finalmente el proceso de reestructuración bancaria depende esencialmente de que la Sareb sea capaz en los próximos años de vender los inmuebles adjudicados a un precio máximo al razonable de adquisición”, explica el recurso, “si no es así las pérdidas deberán soportarse en un 45%, al menos, por el FROB, es decir, por el Estado y los contribuyentes”. En ese sentido, incluye un informe de la propia entidad para cuantificar el escenario que podría afrontar el banco malo con la ley: en torno a un 12% de su cartera inmobiliaria se sitúa en territorio andaluz, viviendas que podrán ser objeto de las sanciones de la Junta por estar deshabitadas (tendría que pagar hasta 57.411.000 €, dice) y cuyo valor disminuye con la aplicación de la norma.  ”Ningún inversor comprará carteras de vivienda en Andalucía cuando una norma con rango de ley permite al ulterior adquiriente permanecer en ella por un plazo de hasta tres años sin satisfacer renta alguna al propietario, lo que convierte en inviable la venta del inmueble”.

A la Junta, sin embargo, no le convencen los motivos que esgrime el Ejecutivo. Para la consejera de Fomento, Elena Cortés, el recurso se basa en argumentos más ideológicos que jurídicos: “Donde deberían estar los fundamentos de derecho del recurso sólo hay un discurso político neoliberal de defensa de la banca a toda costa, según el cual el cumplimiento del derecho humano a la vivienda en Andalucía es incompatible con la recuperación económica y la bajada de la prima de riesgo”, decía ayer.

DERECHO A LA PROPIEDAD

Otra de las armas del Gobierno en su batalla contra la norma se centra en lo que entienden como una modificación del contenido del derecho a la propiedad. La ley lo vincula a un uso habitacional, punto que rechaza el Ejecutivo. En el fondo, el debate es este: hasta dónde puede condicionar la función social el derecho a la propiedad.

Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia // La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes // Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes (Art. 33 CE)

El Gobierno entiende que la acotación del derecho a la propiedad pertenece al Estado y no a las autonomías, en cuanto se trata de condiciones básicas que “garantizan la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes”. El Consejo de Estado se manifestó en la misma dirección, según recoge el recurso: “No parece constitucionalmente admisible que una comunidad autónoma pueda, en ejercicio de una competencia sectorial, determinar el concreto alcance del derecho de propiedad de viviendas”.  Fomento rechaza que no tenga competencias en este terreno: la regulación estatal, argumenta, ofrece un mínimo del que partir y sobre las que las comunidades pueden legislar.

VIVIENDAS VACÍAS Y EXPROPIACIONES

La declaración de vivienda deshabitada y el régimen de sanciones asociado es otro de los puntos recurridos. El Ejecutivo considera que el sistema de multas discrimina arbitrariamente a las personas jurídicas -las sanciones no afectan a las personas físicas- y está al margen del principio de culpabilidad -”es inadmisible que se sancione al propietario por el mero hecho de no haber alquilado, sin que resulte acreditado que el propietario dispuso de condiciones y oferta mínimamente razonables para alquilar”-. La Junta, en cambio, considera implícito este principio al régimen de sanciones: “El Consejo de Ministros no tiene dotes adivinatorias sobre cómo se aplicará”, explicaron fuentes de la Consejería.

Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social (Art. 14 CE)

El Gobierno también habla de discriminación en el caso de las expropiaciones temporales. Solo afectan, dice, a entidades financieras, sus filiales inmobilarias o entidades de gestión de activos” frente a otras personas jurídicas que forman parte del mercado: inmobiliarias, promotores, etc. El argumento del riesgo para los bancos vuelve a salir: “Quedan en clara posición de inferioridad respecto de potenciales competidores nacionales y extranjeros”.  De las expropiaciones dice, además, que vulneran el derecho a la propiedad, a lo que la Junta responde alegando a su función social.

LA RESPUESTA DE FOMENTO

La Consejería defiende el anclaje constitucional de la norma y contrapone a los argumentos del Gobierno otros artículos de la Carta Magna como el 40 (los poderes públicos promoverán una distribución de la renta más equitativa), el 47 (los españoles tienen derecho a una vivienda digna y adecuada) o el 128 (toda la riqueza del país está sujeta al interés general)

Disponible en:
<http://www.andalucesdiario.es/ciudadanxs/primaras-a-los-bancos-sobre-todas-las-cosas/>

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